La Fiscalía rechaza que José Luis Rodríguez Zapatero sufriera indefensión por la investigación de las joyas halladas en su oficina
La Fiscalía sostiene que el expresidente conocía desde el 19 de mayo el hallazgo y la tasación de las joyas
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La Fiscalía rechaza que el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero haya sufrido indefensión por la decisión del juez de no suspender su declaración en relación con las joyas halladas en la caja fuerte de su oficina, al considerar que se trataba de un "hecho conocido" por el exlíder socialista desde el 19 de mayo, tanto por el hallazgo de las piezas como por el encargo de su tasación.
El Ministerio Público ha impugnado el recurso presentado por la defensa del expresidente contra el auto que rechazó suspender su declaración del pasado 17 de junio, en el marco de la pieza separada que investiga unas joyas valoradas en 1,3 millones de euros. La defensa solicitó una semana antes de la declaración su suspensión alegando "la inminencia del acto y el brevísimo lapso de tiempo entre la incoación de la pieza y el señalamiento".
Sin embargo, el juez rechazó la petición al entender que la pieza separada no incorporaba hechos nuevos respecto a los que ya constaban en el procedimiento principal antes de la citación.
Como consecuencia de esa decisión, Zapatero optó por no declarar sobre esta cuestión. Posteriormente, su defensa recurrió el auto argumentando que la pieza se abrió tras conocerse la tasación de las joyas y que fue entonces cuando el instructor apreció la posible existencia de un delito fiscal y/o de contrabando.
"Era un hecho conocido" desde el 19 de mayo
En su escrito, la Fiscalía sostiene que "el investigado declara sobre hechos que figuran en la causa" y recuerda que desde el 19 de mayo Zapatero conocía tanto el hallazgo de las joyas en la caja fuerte de su oficina como el encargo de una tasación provisional a una casa de subastas.
Por ello, considera que el recurso de la defensa "se apoya en una suerte inaceptable de confusión entre hecho y calificación jurídica", ya que la posible comisión de un delito fiscal o de contrabando constituye, por ahora, "una valoración técnica provisional del instructor".
Además, la Fiscalía subraya que el expresidente decidió no declarar sobre este asunto, por lo que entiende que "no se le ha conculcado derecho alguno" y recuerda que mantiene intacto su derecho a justificar el origen de las joyas o realizar las manifestaciones que considere oportunas sobre ellas.
También rechaza la petición sobre las comunicaciones obtenidas por Estados Unidos
El Ministerio Público también impugna el recurso de la defensa contra la negativa del juez a solicitar a Estados Unidos información sobre las circunstancias en las que ese país accedió a las comunicaciones del accionista de Plus Ultra, Rodolfo Reyes, material que ha resultado relevante para la imputación del expresidente.
La Fiscalía sostiene que esa petición no debe resolverse en este momento procesal, sino una vez se conozca el resultado de la comisión rogatoria enviada a las autoridades estadounidenses.
Según explica, antes de adoptar cualquier decisión es necesario determinar cuál es la valoración de las autoridades judiciales de Estados Unidos sobre el eventual uso de ese material dentro del procedimiento penal español.