La Audiencia de Alicante condena a siete años de cárcel a una mujer que apuñaló a su pareja tras una discusión por celos

EUROPA PRESS 09/04/2013 14:08

La sala ha absuelto a la víctima del delito de malos tratos del que era acusado por parte de su pareja ya que considera que no existen pruebas que lo corroboren puesto que los testigos no vieron agresión alguna, ni oyeron puñetazos o forcejeo ni gritos de ayuda. Además, sostiene que el parte médico objetiva "levísimas" lesiones que no concuerdan con la paliza que relata haber recibido por parte de él.

La Audiencia ha considerado probado que Carlos A.C. mantenía una relación de pareja con Susana M.A., con quien mantuvo sobre las 01.00 horas del 17 de diciembre de 2011 una discusión por celos, en el transcurso de la cual, la mujer cogió un cuchillo con el que apuñaló dos veces a su compañero, en el esternón y el hemotórax izquierdo.

Como consecuencia del apuñalamiento, el acusado sufrió varias heridas por arma blanca, que le provocaron un riesgo y compromiso vital y por las que estuvo cuatro días hospitalizado y le han dejado secuelas.

La sala ha decidido condenar a Susana ya que ha ofrecido diferentes versiones de los hechos --tres ante la Policía, una ante el instructor y otra más en el pleno-- con "múltiples divergencias". El tribunal añade que su declaración no fue "convincente" y añade que una pareja que se encontraba en la casa en el momento de los hechos sí vio la discusión por celos pero no ninguna agresión ni oyó petición de ayuda, por lo que absuelve al acusado de malos tratos.

Por contra, considera que, por parte de la mujer, el empleo repetido del cuchillo de las características del utilizado y las lesiones sufridas y la gravedad, llevan a sostener que la acusada "conoció las posibles consecuencias mortales" de la acción y que continuó con ella hasta el punto de que, si no la culminó, fue por la intervención de los testigos que acudieron ante los gritos de auxilio del hombre.

La sala ha considerado que en los hechos concurre la circunstancia agravante de parentesco ya que convivían desde hacía dos meses de forma estable y rechaza las atenuantes de legítima defensa, enajenación mental y actuar bajo los efectos del alcohol y las drogas, de las que no se hizo mención en el escrito de defensa.