Junta lamenta que el "dolor" de un acusado indebidamente no se indemnice, tras la absolución del holandés por violación

EUROPA PRESS 12/02/2016 14:09

En rueda de prensa en Sevilla, a preguntas de los periodistas, el titular de Justicia ha explicado que la Constitución española "lo único que establece es un derecho a la indemnización por prisión injusta" y que la ley "establece cuáles son los parámetros, que se calculan en función del tiempo que haya estado privado de libertad, si luego se prueba que es inocente".

Así, esa indemnización "se pide al Estado y la tiene que conceder el Gobierno a través del Ministerio de Justicia", esta es, como ha apuntado, "la única compensación que hay" para una persona que haya sido acusada "indebidamente".

No obstante, De Llera ha lamentado que "el dolor y la angustia de verse indebidamente acusado, imputado sin razón y encarcelado, eso desgraciadamente no se indemniza".

Cabe recordar que el Supremo estimó parcialmente el recurso presentado por la defensa de Romano Liberto Van Der Dussen y anuló una de las condenas, basándose en un informe de la Policía Científica que apunta que el verdadero agresor fue un ciudadano británico ya condenado por violar y asesinar a una joven.

Se anulan, en concreto, las penas por uno de los delitos de agresión sexual y otro de lesiones a una de sus víctimas y mantiene el resto de pronunciamientos de la sentencia recurrida en los otros dos casos: un total de nueve años de prisión por agresión sexual, lesiones y robo a otras dos mujeres, pena que ya ha cumplido y que ahora queda extinguida.

De su lado, la defensa del ciudadano holandés ha informado de que seguirá intentando demostrar su inocencia en los otros dos casos.