El abogado de Madridec culpa a los controladores de provocar las avalanchas por los empujones en el Arena

EUROPA PRESS 10/05/2016 13:30

La defensa de tres acusados en el juicio del Madrid Arena que pertenecían a la empresa Madrid Espacio y Congresos (Madridec), gestora municipal del pabellón, ha apuntado a los controladores de Kontrol 34 como los causantes de la avalancha mortal como consecuencia de los empujones que dieron a los asistentes para meterles en la pista, un extremo que han mostrado las cámaras de videovigilancia y que han corroborado varios testigos.

Así lo ha defendido el abogado del coordinador de Operaciones de Madridec Francisco del Amo, de Rafael Pastor y de José Ruiz Ayuso. En su informe, ha solicitado la libre absolución de sus patrocinadores, si bien ha reconocido que sus clientes cometieron negligencias. Pero no fueron resultado de las muertes.

"No es un caso fortuito. Tiene sus causas. Se han confundido causas acumulativas con concurrentes. Se confunde con la mera producción de circunstancias existentes que no son causas", ha dicho el abogado.

Como resumen, Enrique Luzón ha atribuido la tragedia al sobreaforo; al cierre de vomitorios; a un defecto de flujo en una de las escaleras al irse dos controladores de acceso; y a la acción de dos controladores que empujaron a la gente dentro, provocando caídas que dieron lugar a las avalanchas.

Tras señalar que el sobreaforo no fue determinante en el resultado lesivo, ha relatado que los controladores debían controlar el flujo de personas entre las escaleras del recinto municipal. "A las 2.15 horas, las dos personas que debían estar en unas escaleras se quitan. Estas dos personas se marchan y empieza a bajar el público al vomitorio y se vuelve a colapsar. Y veinte minutos después se produce la avalancha final", ha detallado.

A continuación, ha explicado que otras dos personas con chaleco amarillo empujaron a los asistentes y provocan caídas, dando origen a que se produjera la avalancha mortal. En este punto, ha citado el testimonio de una chica que declaró que no les dejaron pasar por una zona más despejada, cerrando las puertas.

"Esta acción es determinante en la producción del resultado", ha espetado el letrado, mencionando el relato de varios testigos presenciales. Seguidamente, ha destacado que a su juicio los hechos sobre lo relativo al plan de autoprotección no es causante de la tragedia.

Sobre la apertura del portón de Cota 0, el abogado ha negado que fuera Del Amo quien diera la orden, atribuyendo esta acción a Producción de Diviertt, la empresa de Flores. De este modo, ha intentado demostrar que la llamada que supuestamente hizo Del Amo según Seguriber nunca existió.

POSICIÓN DE GARANTES

El letrado ha querido analizar el aspecto jurídico después de que el abogado de Flores culpara al Ayuntamiento de Madrid y por ende a Madridec de lo sucedido por las deficiencias estructurales del edificio.

Previamente a su informe, el abogado de Flores ha asegurado que el máximo responsable del evento era Madridec conforme a la ley de Espectáculos de la Comunidad de Madrid.

En este punto, ha destacado que sus clientes no pueden tener posición de garantes, ya que a su juicio se confunde la obligación de Madridec como ente jurídico. "No se puede admitir que se les equipare como representantes legales ya que no tenían capacidad de tomar decisiones", ha reseñado.

Además, se ha mostrado contrario a la afirmación de la fiscal de que Madridec era coorganizadora, ya que es un extremo que carece de sustento jurídico. La relación, según el abogado, era contractual por arrendamiento. También ha dicho que el riesgo que se creó no era causante de las muertes, indicando que no es causa directa de la tragedia.

"Las acusaciones parten de un principio de desconfianza. La norma de cuidado que no es tal se crea por un principio de desconfianza en un ámbito puramente horizontal con competencias limitadas", ha dicho.

"En este caso, Flores llevaba años haciendo eventos. Las empresas eran las mismas y el personal. Nada había que incitara la desconfianza. Por lo cual, mis demandantes pueden actuar confiando en que los demás iban a actuar dentro de sus parámetros", ha agregado.