El Supremo exige que se distinga en las sentencias que anulan despidos si es por vulneración de derechos

EUROPA PRESS 21/09/2013 11:39

La sentencia, que unifica doctrina y de la que ha sido ponente la magistrada María Lourdes Arastey, afirma que al recurrente hay que darle satisfacción "mediante un análisis razonado de la afectación que sobre el mismo pueda tener la conducta de la parte demandada, con independencia de que la actuación empresarial se haya ajustado o no a las formalidades legales exigidas para llevar a cabo la concreta decisión".

"De apreciarse que el derecho fundamental había sido conculcado, el ulterior cumplimiento de tales requisitos de forma, que permitiría un nuevo despido objetivo incluso con la misma causa, nunca serviría de satisfacción suficiente a una eventual lesión de aquel derecho", añade la resolución.

En este caso, el trabajador recurrió la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Social de Sevilla número 1 a pesar de que se declaró nulo su despido por razones formales, para que se declarara formalmente que se hacía también en razón a la vulneración de los derechos fundamentales.

Se trataba de un trabajador que, contratado por una empresa de servicios para solventar incidencias en la red informática, realizaba su labor en Cajasol, cuyo personal le daba las órdenes, controlaba su trabajo, e incluso establecía su periodo vacacional. Fue trasladado a instalaciones de otra empresa, Caymasa, que posteriormente decidió prescindir de su servicio.