La Eurocámara respalda norma que obligará a los 27 a informar a Bruselas de sus acuerdos energéticos con terceros

EUROPA PRESS 13/09/2012 17:57

Los Estados miembros deberán remitir al Ejecutivo comunitario en un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la normativa todos sus acuerdos energéticos bilaterales existentes firmados con terceros países con el objetivo de que Bruselas compruebe si éstos cumplen las normas de competencia y la que regula el mercado interior de energía comunitarias, para lo que tendrá un plazo de nueve meses.

En el caso de que firmen nuevos acuerdos, los Estados miembros podrán informar al Ejecutivo comunitario sobre los mismos antes de que comiencen las negociaciones propiamente dichas o durante el proceso de negociación y éste podrá a su vez participar en las negociaciones como observador o para asesorar sobre cláusulas no vinculantes, bien a petición de Estado miembro o por iniciativa propia.

El Ejecutivo comunitario tendrá un plazo de cuatro semanas para informar a un Estado miembro si considera que existen "dudas" sobre la compatibilidad de un acuerdo bilateral, cuyo texto deberán remitirle los Estados miembros antes de cerrar las negociaciones si tienen dudas al respecto, también por su parte.

La Eurocámara ha incorporado una cláusula de revisión en la normativa para garantizar que la Comisión informe cada tres años tanto al Parlamento Europeo como a los Veintisiete sobre todos los nuevos acuerdos bilaterales en materia de energía y que en enero de 2016 se comprometa a analizar si la normativa es suficiente para garantizar que estos acuerdos se ajustan al derechos comunitario y exista un alto nivel de coordinación al negociar estos acuerdos con los Estados miembros.

Los eurodiputados socialistas y demócratas, junto con los del grupo de los Verdes/Alianza Libre Europea han votado en contra de la normativa por considerar que no es suficientemente ambiciosa.