La justicia europea da la razón al ayuntamiento de Roses en su conflicto con Repsol por registro de marca

EUROPA PRESS 27/06/2013 12:45

La disputa se remonta al año 2008, cuando Repsol solicitó el registro como marca ante la Oficina de Armonización del Mercado Interior, de un signo figurativo consistente en un círculo con la letra 'r' en su interior para productos como guías turísticas, ropa, prensa, tabaco o helados.

El ayuntamiento de Roses se opuso al registro alegando el riesgo de confusión con una marca suya registrada con anterioridad para categorías de productos que abarcaban desde vestimenta hasta servicios de promoción del turismo, organización de ferias o servicios de publicidad. La OAMI dio la razón a Roses y denegó a Repsol el registro de la marca respecto a parte de los productos para los que se había solicitado. La petrolera recurrió entonces a la justicia.

En su sentencia de este jueves, el Tribunal General desestima el recurso de Repsol y le condena en costas. El fallo declara que, habida cuenta de la identidad de los productos y de los servicios en cuestión y de la similitud global de las marcas en conflicto, la Sala de Recurso de la OAMI no incurrió en error al considerar que existía riesgo de confusión entre ambas marcas.