Diez años de cárcel por agredir sexualmente a la sobrina de su novia de cuatro años

  • El tribunal tiene en cuenta que la estrecha relación con la víctima

La Audiencia de Sevilla ha condenado a diez años de cárcel a un joven por agredir sexualmente en el año 2016, cuando tenía 20 años, a una niña de cuatro, sobrina de su novia. El condenado mantenía una estrecha relación con la menor porque iba a diario a la casa de su pareja, donde estaba la víctima.

El tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla considera probado que el 5 de abril de 2016 el condenado se encontraba en la habitación de la casa de su novia, situada en una barriada de Sevilla capital, con ella y con una sobrina.

El acusado, aprovechando que su novia había salido unos minutos, y "con ánimo de satisfacer su deseo lascivo", introdujo su pene en la boca de la menor, quien intentaba quitárselo con las manos. El tribunal ha especificado en la sentencia que el procesado acudía a diario a casa de su novia, por lo que la menor, "persona influenciable por su corta edad, tenía con él una estrecha relación y confianza".

Por estos hechos, que constituyen un delito de agresión sexual cometido sobre menor de 13 años, sin violencia ni intimidación y con prevalimiento cuando la menor víctima tenía cuatro años, el juez le condena a 10 años de cárcel y le prohíbe durante otros diez años aproximarse a menos de 300 metros de distancia de la niña.

Además, la sentencia acuerda que la clasificación del condenado en tercer grado de tratamiento penitenciario no podrá efectuarse hasta el cumplimiento de la mitad de la pena total impuesta, y le ha impuesto la medida de libertad vigilada postpenitenciaria por tiempo de seis años.

Para el tribunal esta medida "resulta imprescindible atendida la gravedad y las características especialmente detestables del delito cometido" hacia una menor con la que mantenía una relación de familiaridad desde que la niña tenía uso de razón.