La justicia exime a un padre divorciado de pagar la universidad privada de su hija

Informativos Telecinco 05/02/2019 12:35

Los padres al divorciarse de mutuo acuerdo decidieron que el hijo viviera con el padre y la hija con la madre. Cuando la hija empezó en la universidad no pudo hacerlo en la pública y optó por una privada. Así la madre decidió reclamarle al padre los gastos del centro privado, 7.000 euros entre curso y transporte.

La Audiencia de Barcelona, en una sentencia de la que se ha hecho eco El País, exime al padre de asumir la mitad de los gastos universitarios de la hija, al considerarlos extraordinarios.

En su recurso, el padre argumentaba que aunque se había comprometido a asumir la mitad de los gastos educativos, la cantidad reclamada era excesiva para sus circunstancias económicas. Además, el hombre aseguraba que la hija, como demostraban los mensajes de What’s App a su hermano, estaba trabajando y que la mujer tenía 7.000 euros en una cuenta que entre ambos habían abierto para gastos a futuro de sus hijos.

La madre pasó como los gastos de la universidad privada como ordinarios pero el tribunal no considera que sean así y argumenta que los gastos extraordinarios deben acordarse entre las partes, es decir, entre ambos progenitores. Aunque los gastos educativos normalmente entran dentro de la pensión de alimentos de los hijos (en este caso el padre paga 200 euros al mes por la hija y la madre 175 mensuales por el hijo) dada las circunstancias económicas de la familia, la Audiencia de Barcelona considera estos gastos educativos como extraordinarios y ampara al padre.