TSJCM valida la orden que regula la homologación del trampeo y control de depredadores, según Aproca

EUROPA PRESS 04/02/2016 15:39

Según ha informado Aproca en nota de prensa, esta sentencia valida el uso de métodos como el collarum, lazo Wisconsin en alar y al paso, lazo con tope y cierre libre en alar y la caja metálica para urracas, así como los métodos ya homologados para el control de especies depredadoras, perros y gatos asilvestrados.

La asociación ha comentado que los demandantes, la asociación Ecologistas En Acción, basaron la solicitud de impugnación de la norma en "la ilegalidad por la omisión del trámite de audiencia en el Consejo Asesor de Medio Ambiente", asegurando que la Junta "ha expuesto que fue suficiente el proceso de información al que fue sometida la orden, al ser aprobado en el Consejo Regional de Caza donde los propios ecologistas estuvieron representados".

Por otro lado, la demanda "pedía la impugnación de la orden por el hecho de regular en una sola norma dos objetos diferentes, la homologación y la implantación de los métodos a homologar", aspecto en el que, ha añadido Aproca, el Tribunal "considera que no se vulneraba norma de rango superior alguna".

Además, la asociación de fincas cinegéticas ha afirmado que los informes de la organización ecologista "corresponden a conocimientos técnicos pero, en ningún caso, a estudios de campo".

"En definitiva, el Tribunal ha tenido en cuenta las argumentaciones que Aproca ha esgrimido en su informe técnico y en la respuesta a la demanda y ha permitido que el trampeo no se prohíba en esta región y que sea avalado el proceso de homologación y formación que esta entidad viene realizando desde hace cinco años", ha apuntado el presidente de Aproca, Luis Fernando Villanueva".

SENTENCIA "DECEPCIONANTE" PARA ECOLOGISTAS

Por su parte, Ecologistas en Acción Castilla-La Mancha ha considerado esta sentencia "decepcionante y sorprendente" y ha reiterado que la misma avala una orden que "pone en riesgo a los mamíferos carnívoros protegidos, a los animales domésticos abandonados y que ha causado peligrosas capturas de linces".

La organización ecologista ha considerado en nota de prensaque el TSJCM "ha rechazado una buena parte de los argumentos" esgrimidos y "ha dejado sin contestar otros muy relevantes".

Ecologistas en Acción ha lamentado que la sentencia "no se corresponde con otras que había emitido la misma sala sobre aspectos y argumentos comparables".

Entre estos aspectos, ha criticado "la minusvaloración" de la pericial presentada por Ecologistas en Acción, "que venía suscrita por expertos científicos docentes en la Universidad Rey Juan Carlos I", así como "la consideración de que el Consejo Asesor de Medio Ambiente no ha de informar de la legislación cinegética aún cuando afecte a recursos naturales protegidos".

Finalmente, la organización ha considerado "chocante" el hecho de que el dictamen del TSJCM "dé valor a las directrices técnicas que aprobó el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, cuando se trata de un mero documento técnico ampliamente criticado por numerosos especialistas, por encima de la normativa legal".