Los papeles que deben entregar algunos jubilados antes de abril para no perder su pensión
Algunos pensionistas deben presentar diversos documentos a la Seguridad Social antes de que finalice marzo
Quienes reciben una pensión no contributiva deben presentar una declaración de ingresos antes del 1 de abril de cada año
Los pensionistas que residan en el extranjero deben presentar un certificado de fe de vida independientemente del tipo de pesión que perciban
Es probable que en los últimos días hayas leído que hay unos trámites que deben hacer los beneficiarios de una pensión antes del 31 de marzo y que en caso de no cumplirlos puede suponer la suspensión de la prestación. También es posible que te hayas sentido un poco confuso porque las informaciones hacen referencia a procesos distintos con condiciones distintas. Por eso en Uppers queremos aclararte cuáles son esos trámites y las consecuencias que tiene no cumplirlos.
En realidad se trata de tres puntos: la presentación de una declaración anual de ingresos de las personas que perciban una pensión no contributiva de jubilación e incapacidad, la presentación de un certificado de fe de vida y la notificación de cualquier cambio en los datos del pensionista.
Declaración anual de ingresos
Si estás jubilado y recibes una pensión no contributiva estás obligado a presentar todos los años una declaración anual de rentas e ingresos al Imserso o a los órganos competentes de las comunidades autónomas durante el primer trimestre.
Cada comunidad autónoma tiene su propio formulario que puedes encontrar en la página web o acudiendo a sus oficinas. Puedes presentar, además, documentación que certifique los ingresos, como la declaración del IRPF, la nómina o la copia de pago del impuesto de bienes inmuebles.
Ten en cuenta que esta obligación solo afecta a las pensiones no contributivas de jubilación e incapacidad permanente. Las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente y fallecimiento (como las de viudedad, orfandad y en favor de familiares) no están afectadas por esta norma.
