Barcelona empieza a sancionar a conductores de patinete que no lleven casco: hasta 500 euros de multa

Conductor de patinete eléctrico con casco
Conductor de patinete eléctrico con casco. Ajuntament de Barcelona
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BarcelonaEl Ayuntamiento de Barcelona ha puesto en marcha la nueva ordenanza de circulación, peatones y vehículos, que regula de forma más clara los patinetes eléctricos, que pasan a definirse como vehículos unipersonales y es obligatorio el uso del casco y a la disposición de luces delanteras y traseras en los vehículo de movilidad personal.

De este modo, solo pueden circular los patinetes con una persona sola y estará limitado su uso en los carriles bici y las calles con límite de velocidad de 30 kilómetros por hora o menos. Además, el uso del patinete pasa a estar prohibido en menores de 16 años y la modificación aclara que no pueden sobrepasar los 25 kilómetros por hora o los 10 kilómetros por hora en los carriles bici en la acera.

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El cambio normativo, con sanciones de hasta 500 euros en caso de incumplimiento, busca preservar las aceras como espacios peatonales con la prohibición de circular en vehículos de movilidad personal y bicicleta. Como excepción, pueden circular las personas adultas que transporten menores de edad con sistemas homologados, como remolques o sillitas, o que acompañen a niños de hasta 12 años .

También pueden circular los menores de 14 años y los adultos que transporten menores si no hay carril bici. En cualquier caso, se mantiene la obligatoriedad para los usuarios de bicis y VMP de bajar del vehículo en situaciones de aglomeración  en espacios compartidos con los peatones .

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Restricciones de estacionamiento de motos en las aceras

Además de la prohibición explícita de aparcar motocicletas en las aceras de entornos escolares y de centros hospitalarios, la ordenanza de circulación, peatones y vehículos prevé sancionar su estacionamiento en vados peatonales, carriles bici o frente a contenedores .

Y, como hasta ahora, se recomienda aparcarlas en la calzada. Por su parte, los ciclos y VMP empleados en la distribución urbana de mercancías pueden utilizar los espacios habilitados para la carga y descarga con las mismas condiciones que el resto de vehículos a motor. Asimismo, se prohíbe explícitamente realizar la carga y la descarga de cualquier vehículo en los carriles bici.

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