Las indemnizaciones a cobrar tras la cancelación o retrasos de vuelos en el Puente de Diciembre

Durante el Puente de Diciembre, cientos de personas podrían verse afectadas por las cancelaciones y retrasos en su vuelos previstos para los días festivos en algunas aerolíneas debido a huelgas e incidentes, no obstante, estos pasajeros tienen derecho a reclamar indemnizaciones correspondientes a los retrasos en los vuelos y las cancelaciones a partir de las 3 horas de demora.

Uno de los principales problemas que se pueden producir durante este puente con respecto a los vuelos, vienen de la mano de Vueling, que pretende repetir la huelga de los tripulantes de cabina el jueves 8, el viernes 9 y el domingo 11. No obstante, han ofrecido alternativas a los afectados. . “Lo que muchos clientes no saben es que aunque hayan sido reubicados pueden reclamar a la compañía una compensación por esta incidencia, ya que una convocatoria de huelga es una causa imputable” dice Noemí Fernández, gerente de Reclamio, especializada en reclamaciones de los pasajeros aéreos.

En caso de un largo retraso o de la cancelación de un vuelo, la propia aerolínea está obligada a ofrecer una indemnización al pasajero afectado que varía dependiendo de la situación recurrente. Si el retraso es superior a 5 horas, los pasajeros no solo tienen la opción de recibir un reembolso del billete sino que además, serán compensados con un vuelo de vuelta si correspondiera. Los afectados en España cuentan con un plazo de 5 años para realizar la reclamación.

Para reclamar la indemnización, se recomienda principalmente haber guardado toda la documentación persistente acudir a uno de los mostradores de la aerolínea dentro del plazo correspondiente para reclamar.

Cuándo se cobra la indemnización

  • Si la compañía informa con menos de 14 días de antelación, el pasajero tiene derecho en todo momento a reclamar una indemnización.
  • El pasajero afectado tiene derecho a transporte alternativo o viaje de vuelta
  • El rembolso del cobro del billete se realizará dentro de los 7 días siguientes a la incidencia, con transporte tanto de vuelta al aeropuerto como a su destino final lo más rápidamente posible.
  • En el caso de que se trate de un vuelo cancelado, se pueden optar a compensaciones de hasta 600 euros, variando según la distancia del vuelo y pudiendo ser rechazada si es por una causa extraordinaria: una tormenta, inestabilidad política en el país de origen o destino, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo o huelgas de personal ajeno a la compañía.