¿Qué pasa si dejo de pagar el recibo de la luz?

  • El impago del recibo de la luz deriva en el corte del suministro

  • Los usuarios tienen un plazo de veinte días para pagar la luz

  • El alcalde de Batres se niega a pagar la luz de toda la localidad hasta que no baje el precio de la luz

La subida continuada del precio de la luz al que las organizaciones de consumidores se han referido como "abusivo" ha hecho que septiembre haya comenzado igual que terminó agosto: con un máximo histórico en el coste del MWh que este jueves 2 de septiembre alcanza los 140 eurosmáximo históricocoste del MWh2 de septiembre140 euros y que ha obligado a muchas familias a sacar la calculadora para poder pagar las facturas, solicitar el bono social o incluso plantearse el impago del recibo.

A situaciones desesperadas, medidas desesperadas. Eso es lo que ha planteado el alcalde de la localidad madrileña de Batres, Víctor Manuel López Rodríguez, que en un comunicado oficial ha anunciado que dejará de pagar la factura de la luz municipal hasta que el precio de la energía no se normalice. "Están produciendo un perjuicio inaudito en todas las economías domésticas"-ha dicho refiriéndose a las compañías eléctricas.

¿Qué pasa si un particular no paga la luz?

En el caso de los recibos particulares, los usuarios tienen un plazo de 20 días para abonar el recibo de la luz antes de que la compañía que suministra la electricidad pueda tomar ningún tipo de medida. Una vez transcurrido ese periodo, la eléctrica puede enviar una reclamación a su cliente al que, en caso de que el impago se prolongue durante los dos meses posteriores al recibo de la factura, podrá cortar la luz siempre y cuando se haga una notificación previa.

Si esto sucede, el usuario tendrá que abonar la deuda más el pago de interés para volver a poder tener acceso al servicio. Además, la persona tendría que pagar también el coste de reconexión a la red eléctrica. Por su parte, la compañía tiene la obligación de restablecer la electricidad en menos de 24 horas.

Ante una posible irregularidad o una factura abusiva, la regulación nacional establece que primero se debe abonar el precio indicado y luego proceder a la reclamación. Otro de los riesgos a los que se enfrentan los usuarios en caso de impago es a la posibilidad de acabar en la lista de morosos, lo que dificulta el acceso a prestamos, créditos y otros servicios.

¿Y en el caso de las instituciones?

En el caso de las entidades e instituciones públicas como por ejemplo, un ayuntamiento, el impago de la factura de la luz no puede devenir en una interrupción del servicio dado que se verían afectados servicios esenciales como la educación o la sanidad. No se puede cortar la luz a un colegio público ni a un hospital, por ejemplo.

Insto a todos los responsables de administraciones públicas a que tomen medidas urgentes e inmediatas para presionar a estar empresas para que detengan este desenfreno de precios inmoral

Con su decisión, el alcalde de Batres, una localidad con cerca de 1700 habitantes ubicada en la Comunidad de Madrid, pretende que otros municipios hagan lo mismo para juntos poder hacer presión a las eléctricas y que dejen así de priorizar los beneficios económicos sobre el bienestar de la ciudadanía.