Estos son los sectores que pueden acogerse a las ayudas para pymes y autónomos

  • Las ayudas directas para pymes y autónomos que vieron la luz en marzo se dirigen a un número acotado de sectores económicos

  • La cuantía de estas ayudas debe destinarse necesariamente al pago de determinadas deudas y en un orden preestablecido

  • Podrán ir a cubrir la deuda que tengan los trabajadores por cuenta propia y realizar pagos a proveedores y otros acreedores

Las ayudas directas a autónomos y pymes para paliar los efectos de la crisis económica provocada por el coronavirus se han hecho esperar, pero desde mediados del mes de marzo de 2021 se encuentran reguladas, a través de un paquete de 11.000 millones de euros con el que se ayudará a estos profesionales a saldar sus deudas con proveedores, entre otros puntos. Sin embargo, estas ayudas están acotadas a determinados sectores: un total de 95 referencias que el Gobierno recoge en el Real Decreto Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial

Sectores que ceden acogerse a las ayudas directas para pymes y autónomos en 2021

El primer paso para solicitar las ayudas directas del Estado a autónomos y pymes es conocer si se cumplen los requisitos que exige la ley. Si es así, lo siguiente es tener en cuenta en qué comunidad autónoma se encuentra establecida la actividad, ya que cada una de ellas podrá modular estas ayudas, siempre dentro de los siguientes límites, recogidos por la Federación Nacional Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA):

  • Un límite de 3.000 euros cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF.
  • Para aquellos empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el IVA o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30 por ciento en el año 2020 respecto al año 2019, la ayuda máxima que se concederá será del 40 por ciento de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 por ciento, en el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el IRPF, así como las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados.
  • El 20 por ciento del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 por ciento, en el caso de entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de 10 empleados. En cualquier caso, la ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.

Además, las comunidades autónomas insulares (Baleares y Canarias) podrán aumentar los porcentajes de cobertura de pérdidas y límites máximos de las ayudas dispuestas.

En cuanto a los sectores que pueden acogerse a las ayudas para pymes y autónomos, se trata, de momento, de los siguientes:

0710 Extracción de minerales de hierro

1052 Elaboración de helados

1083 Elaboración de café, té e infusiones

1101 Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas

1103 Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas

1413 Confección de otras prendas de vestir exteriores

1419 Confección de otras prendas de vestir y accesorios

1420 Fabricación de artículos de peletería

1439 Confección de otras prendas de vestir de punto

1811 Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas

1812 Otras actividades de impresión y artes gráficas

1813 Servicios de pre-impresión y preparación de soportes

1814 Encuadernación y servicios relacionados con la misma

1820 Reproducción de soportes grabados

2051 Fabricación de explosivos

2441 Producción de metales preciosos

2670 Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico

2731 Fabricación de cables de fibra óptica

3212 Fabricación de artículos de joyería y artículos similares

3213 Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares

3316 Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial

3530 Suministro de vapor y aire acondicionado

4616 Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero

4617 Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco

4624 Comercio al por mayor de cueros y pieles

4634 Comercio al por mayor de bebidas

4636 Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería

4637 Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias

4638 Comercio al por mayor de pescados y mariscos y otros productos alimenticios

4639 Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco

4644 Comercio al por mayor de porcelana, cristalería y artículos de limpieza

4648 Comercio al por mayor de artículos de relojería y joyería

4719 Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados

4724 Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados

4725 Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados

4741 Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados

4751 Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados

4762 Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados

4771 Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados

4772 Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados

4777 Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados

4782 Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos

4789 Comercio al por menor de otros productos

4799 Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos

4931 Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros

4932 Transporte por taxi

4939 Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.

5010 Transporte marítimo de pasajeros

5030 Transporte de pasajeros por vías navegables interiores

5110 Transporte aéreo de pasajeros

5221 Actividades anexas al transporte terrestre

5222 Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores

5223 Actividades anexas al transporte aéreo

5510 Hoteles y alojamientos similares

5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia

5530 Campings y aparcamientos para caravanas

5590 Otros alojamientos 5610 Restaurantes y puestos de comidas

5621 Provisión de comidas preparadas para eventos

5629 Otros servicios de comidas

5630 Establecimientos de bebidas

5813 Edición de periódicos

5914 Actividades de exhibición cinematográfica

7420 Actividades de fotografía

7711 Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros

7712 Alquiler de camiones

7721 Alquiler de artículos de ocio y deportivos

7722 Alquiler de cintas de vídeo y discos

7729 Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico

7733 Alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluidos ordenadores

7734 Alquiler de medios de navegación

7735 Alquiler de medios de transporte aéreo

7739 Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.

7911 Actividades de las agencias de viajes

7912 Actividades de los operadores turísticos

7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos

8219 Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina

8230 Organización de convenciones y ferias de muestras

8299 Otras actividades de apoyo a las empresa

9001 Artes escénicas

9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas

9004 Gestión de salas de espectáculos

9102 Actividades de museos

9103 Gestión de lugares y edificios históricos

9104 Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales

9200 Actividades de juegos de azar y apuestas

9311 Gestión de instalaciones deportivas

9313 Actividades de los gimnasios

9319 Otras actividades deportivas

9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos

9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento

9523 Reparación de calzado y artículos de cuero

9525 Reparación de relojes y joyería

9601 Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel

9604 Actividades de mantenimiento físico

Por último, cabe recordar que las subvenciones podrán ir a cubrir la deuda que tengan los trabajadores por cuenta propia y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos por los autónomos y empresas considerados elegibles, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.

Existe también un orden de uso de estos fondos: primero se deberán satisfacer los pagos a proveedores, por orden de antigüedad y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, primando la reducción del nominal de la deuda con aval público.