Las comisiones que se esconden tras los préstamos que debes conocer antes de pedir uno

  • Antes de firmar un contrato con una entidad bancaria, conoce qué tipos de comisiones existen en los préstamos

Cuando solicitamos un préstamo de cualquier tipo (préstamos personales, préstamos al consumo, préstamos de estudios, préstamos hipotecarios, prestamos para empresas...), existen ciertas cláusulas que suelen pasar desapercibidas y que, sin embargo, son básicas para conocer el coste total del dinero que vamos a recibir. Y es que, si bien el tipo de interés será el que marque más claramente el 'precio del dinero’, las comisiones pueden hacer que el importe final varíe mucho con respecto a esa cifra aproximada, para bien o para mal, a favor o en contra del cliente. Conoce los tipos de comisiones de los préstamos y cómo analizarlas antes de pedir dinero al banco.

Tipos de comisiones en los préstamos bancarios

No es raro encontrarnos con ofertas de préstamos bancarios en las que se nos pone en bandeja un tipo de interés inusualmente bajo. Normalmente suele haber truco: lo que no se nos está cobrando en forma de intereses nos pasará factura en forma de comisión por cualquier concepto. La existencia de distintas cláusulas relacionadas con el precio del dinero, así como la existencia de factores incontrolables (cómo evolucionará el Euríbor, qué efectos puede tener una cláusula suelo o techo, etc.), hacen que resulte complicado saber con exactitud qué préstamo es mejor.

Por eso, si queremos restar incertidumbre, lo mejor será armarnos de paciencia y hacer números comparando los distintos productos que estemos valorando, teniendo en cuenta también (y especialmente) qué ocurriría en un escenario negativo. Por ejemplo, en el caso de un préstamo hipotecario, un interés fijo puede parecer a priori más caro que uno variable (al menos en este momento), pero a la larga puedes llevarte algún que otro susto si, por ejemplo, el índice de referencia, como puede ser el Euribor, comienza a subir y, con ello, también aumenta tu cuota mensual. La gran ventaja de restar elementos variables en tu contrato es que ganarás en seguridad y certeza (y, por ende, en tranquilidad).

En cualquier caso, cada entidad es libre de aplicar las comisiones que considere necesario, siempre que actúe con y transparencia y que informe sobre su existencia al cliente, ya que éstas determinan el coste del producto financiero. Eso si, deberán corresponderse con los servicios prestados.

Estos son los tipos de comisiones de préstamos más frecuentes:

  • Comisión de estudio. Se relaciona con el momento de solicitud del préstamos y consiste en cobrar al cliente por el estudio que determine su solvencia. Suele corresponder con un porcentaje del valor de la operación solicitada.
  • Comisión de apertura. Esta comisión se cobra para sufragar los trámites de formalización del préstamo. Es muy común y también suele consistir en un porcentaje del total del importe solicitado.
  • Comisión de modificación de condiciones o cambio de garantías. Si las condiciones cambian a lo largo de la vida del préstamo, es posible que la entidad nos penalice por ello. El contrato debe especificar claramente qué comisión se cobrará y bajo qué circunstancias.
  • Comisión por cancelación o reembolso anticipado. Si queremos devolver el dinero antes de tiempo para librarnos de la deuda, o bien reducir su cuantía aportando un ‘extra’, conviene saber que hacerlo tendrá un coste en forma de comisión. Ésta no puede ser superior al 1 por ciento del importe reembolsado si el plazo hasta el vencimiento es superior a un año. Si es inferior, el tope está en el 0,5 por ciento. Normalmente las entidades aplican exactamente estos porcentajes máximos a sus préstamos. Eso sí, el importe que se pague por esta comisión nunca debe ser superior a los intereses que el usuario debería acabar pagando al vencimiento previsto del préstamo.
  • Comisión por reclamación de posiciones deudoras vencidas. Esta comisión se aplica en caso de retraso en el pago de cuotas o impago. Se trata de una cantidad fija y única a la que se le puede sumar también los intereses de demora, que en este caso sí consisten en un porcentaje, también limitado por ley.

En el caso de las hipotecas, lo normal es encontrarnos con comisiones de apertura, de novación, de subrogación acreedora, de amortización total o parcial, de compensación de riesgo por tipo de interés… Normalmente esta información (al menos la más relevante) se encuentra en las ofertas comerciales de cada entidad, y existen también compradores online de hipotecas.