Una nueva sentencia anula Madrid Central otra vez

  • Es la cuarta sentencia que anula la ordenanza por defectos de forma

  • Madrid central continua en vigor porque las sentencias se han recurrido ante el Tribunal Supremo

  • Si las sentencias terminan siendo firmes, todas las multas impuestas tendrán que anularse

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 5 de octubre de 2018, por el que se aprobó la Ordenanza de Movilidad Sostenible que alberga Madrid Central por no incluir el trámite de información pública.

Este nuevo fallo del TSJM admite el recurso del Círculo de Empresarios de Ocio Nocturno y de Espectáculos de Madrid y anula la medida puesta en marcha durante la Alcaldía de Manuela Carmena. Esta anulación se suma a las tres anteriores tras los recursos del grupo municipal del PP de Madrid, la Comunidad de Madrid y la empresa 'DVuelta Asistencia Legal', que se resolvieron por el mismo defecto de forma.

La no inclusión del trámite de información pública ha sido la única alegación admitida por el TSJM para anular la medida.

Madrid Central ha continuado en vigor desde su puesta en marcha, ya que Ecologistas en Acción recurrió en casación estas tres sentencias dictadas por el TSJM en julio ante el Tribunal Supremo. Eso sí, si finalmente se diera firmeza a estos autos de la Justicia madrileña, todas las multas impuestas desde la entrada en vigor de la zona de bajas emisiones Madrid Central tendrán que ser anuladas.

Además, todavía quedan por resolverse los recursos contra la ordenanza presentados por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y Pyramid Consulting.