El TSJ de Galicia autoriza a exigir el certificado covid en los locales de ocio nocturno que abran hasta las 4

El TSJ de Galicia autoriza a exigir el certificado covid en los locales de ocio nocturno que abran hasta las 4
También valdrá una prueba negativa o ratificación de haber superado la enfermedad como máximo seis meses antes
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a incluir en las normas del protocolo del ocio nocturno la exigencia del certificado covid de vacunación --o prueba negativa o ratificación de haber superado la enfermedad como máximo seis meses antes--. Este requisito solo se incorpora en aquellos establecimientos que opten por el máximo nivel de seguridad y, por tanto, podrán abrir hasta las 4 de la madrugada con un 75 por ciento de aforo.
¿Por qué el tribunal toma esta decisión?
Los magistrados, según ha informado el TSXG, argumentan que la medida está "justificada", puesto que se trata de "espacios cerrados, en los que se establecen contactos próximos y prolongados, y con escasez de renovación del aire" y, además, en algún momento es necesario retirar la mascarilla.
Falta ahora por que, tras esta autorización, el Gobierno gallego publique el protocolo en el Diario Oficial de Galicia (DOG), para conocer con exactitud cómo entrará en vigor, cuándo y si contará o no con un periodo de adaptación para cumplir con todos los requisitos que se incluyen.







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