Condenado un padre a 11 años de cárcel por abusos sexuales continuados a su hija menor en A Coruña

Fachada de los juzgados de Santiago de Compostela
El padre abusó de su hija durante años, cuando su esposa y madre de la niña, estaba trabajando.. EP archivo
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Un padre ha sido condenado a 11 años de cárcel por abusar sexualmente, de forma continuada, de su hija cuando era menor de edad, según la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña. La hermana mayor de la víctima denunció a su progenitor, que abusaba de la niña cuando la madre y esposa del condenado, estaba en el trabajo.

El hombre abusaba sexualmente de su hija, cuando esta no había cumplido los 10 años, en un periodo de tiempo que abarcó desde mediados de 2015 y hasta el 2019, según los magistrados que consideran culpable al condenado.

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El padre abusó sexualmente "en numerosas ocasiones con el ánimo de satisfacer sus impulsos y deseos sexuales, aprovechando su relación paterno filial y que su esposa trabajaba a jornada completa de lunes a sábado, por lo que se encargaba del cuidado de la menor, y en otras ocasiones aprovechando que estaban a solas o que no les veía nadie, cuando ya estaban separados sus padres".

Por todo ello, también le impone al hombre la privación de la patria potestad durante seis años y la prohibición de aproximación y de comunicación con la víctima durante 21 años. La Sala también lo inhabilita para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores por un tiempo de 16 años.

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La hermana de la menor abusada denunció al padre por los abusos sexuales

En el fallo, los jueces indican que "las acciones finalizaron alrededor del mes de mayo de 2019, cuando la hermana de la menor denunció al procesado por abusos sexuales cometidos respecto de ella a lo largo de varios años (al menos entre el año 2007 y el año 2009), procedimiento que terminó con sentencia condenatoria ya firme".

Al respecto, "el tribunal no tiene duda alguna de la veracidad y de la solidez del testimonio" de la víctima, subraya en el fallo, en el que destaca que no detecta "ningún viso de motivación espuria" en su relato, el cual afirma que cuenta con otros factores de verificación, entre ellos el informe pericial del Instituto de Medicina Legal de Galicia.

La sentencia no es firme y el condenado puede presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).