Indemnizan con 72 000 euros a los padres de una bebé que murió en Murcia al no detectarle obstrucción intestinal

El Servicio Murciano de Salud (SMS) tendrá que indemnizar con 72 000 euros a los padres de una bebé de un año que murió tras no detectarle a tiempo la obstrucción intestinal que sufría. Llevaron a su hija con vómitos al centro de salud, desde donde la trasladaron al hospital y el facultativo que la atendió les dijo que era normal, prescribiéndole un fármaco y dieta blanda. Por otro lado, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido obligado a indemnizar con más de 212 000 euros a una joven de 32 años por las secuelas de una intervención que no le permite mantener relaciones sexuales sin dolor.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha condenado al SMS una cantidad inferior a la reclamada por los padres de la menor contra este, contra su compañía aseguradora y contra el médico que atendió a la menor en el hospital en el que fue asistida. Habían solicitado una indemnización cercana a los 144 000 euros por la vía de la responsabilidad patrimonial.

El médico les dijo que era normal

En su demanda expusieron que al presentar la niña un cuadro de vómitos la llevaron a un centro de salud, desde el que fue trasladada al hospital, donde continuó en la misma situación, aunque el facultativo que la atendió les dijo que era normal, prescribiéndole un fármaco y dieta blanda.

Como al día siguiente volvió a vomitar, la llevaron de nuevo al centro hospitalario, donde se descubrió entonces que sufría una obstrucción intestinal, que fue la causante de su fallecimiento.

La Sala indica que no existió una mala práctica médica en la asistencia prestada a la menor, pero sí una pérdida de oportunidad, ya que habría sido aconsejable recabar la opinión del pediatra que, además, la había atendido en el mismo hospital tiempo atrás al sufrir una gastroenteritis.

Y añade que no se realizó la intervención quirúrgica que en otra situación se habría llevado a cabo debido a la mala evolución de la salud de la niña.

Finalmente, el TSJRM, a la hora de fijar la indemnización en una cantidad inferior a la reclamada, tiene en cuenta la alta tasa de mortalidad que produce la patología que causó la muerte de la pequeña.