Investigan a un hombre que cortó las orejas a sus tres perros por "motivos estéticos"

  • Esta práctica está totalmente prohibida en nuestro país desde el año 2018

  • Solo un veterinario puede hacer este tipo de intervenciones y nunca por razones estéticas

  • Además, el dueño ha sido denunciado por múltiples infracciones con los perros

La Guardia Civil ha informado que investiga a un varón de 67 años de Níjar, Almería, como presunto autor de un delito de maltrato animal e intrusismo profesional por haber cortado las orejas de sus tres perros por "motivos estéticos" en su domicilio a pesar de carecer de formación y habilitación profesional para ello, siendo además esta una práctica que está prohibida.

Los agentes pudieron comprobar estas irregularidades cuando realizaban labores de prevención en el Paraje Los Majanos. Fue allí donde observaron a una persona que estaba paseando tres perros, dos de ellos de raza potencialmente peligrosa, que estaban sueltos y sin bozal.

Perros peligrosos sin licencia, sin bozal, sueltos y encima mutilados

Tras identificar al propietario de los canes, apreciaron que los dos perros de raza Dogo Argentino, y un tercero de raza Cane Corso tenían las orejas cortadas. El mismo dueño habría reconocido ante los agentes que él mismo había realizado esta práctica quirúrgica en su propio domicilio a los dos meses y medio de nacer los perros porque "le gustaba mantener la estética que se solía utilizar para este tipo de razas".

Según los agentes, el hombre no cumplía con los requisitos legales determinados en la normativa sobre perros potencialmente peligrosos, al carecer de la preceptiva licencia. Con todo esto, además de estar investigado por un delito de maltrato se le ha propuesto para sanción administrativa por cuatro infracciones a la normativa vigente por la tenencia de animales potencialmente peligrosos sin licencia, sueltos en lugares públicos, sin bozal y por conducir más de un perro de forma simultánea.

La Guardia Civil ha recordado que realizar el corte de las orejas, de la cola, la sección de las cuerdas vocales o la extirpación de uñas y dientes por motivos estéticos en animales está prohibido en España desde la entrada en vigor, el 1 de febrero de 2018, del Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía. Además, en Andalucía, la Ley 11/2003 de protección de los animales prohíbe practicar mutilaciones con fines exclusivamente estéticos o sin utilidad ninguna salvo las practicadas por veterinarios en caso de necesidad.

Sobre la tenencia de animales potencialmente peligrosos, se considera infracción muy grave tener perros o animales sin licencia, hallarlos en lugares públicos sin bozal, no estar sujetos con cadena o llevar simultáneamente más de un animal.