Multa de 1.000 euros en A Coruña por poner una cámara en su coche para grabar a los que se lo rayan

  • El propietario del vehículo había dejado la cámara grabando al exterior para descubrir a las personas que le rayan la carrocería

  • La policía local detectó la cámara con el vehículo estacionado y lo trasladó al depósito municipal de A Coruña

  • La Agencia de Protección de Datos es quien ha sancionado al propietario con 1.000 euros de multa

Un hombre ha sido multado en A Coruña por instalar una cámara en su coche y dejarla conectada cuando el vehículo estaba aparcado, con la intención de grabar a las personas que le rayaban la carrocería. La sanción es de 1.000 euros, ha sido impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos y notificada por el Ayuntamiento.

Fue la policía local quien se percató de que el coche tenía una cámara activada y grabando el exterior, por lo que procedió a retirar el vehículo y trasladarlo al depósito municipal de A Coruña.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es quien ha impuesto la sanción al propietario del vehículo que, tras recibir la notificación, aportó una serie de documentos para demostrar los daños sufridos en el vehículo para justificar las grabaciones de vídeo. Aunque desde la AEPD aseguran que "no se aporta denuncia o documento alguno que acredite los daños y perjuicios sufridos en el vehículo, más allá de meras manifestaciones del reclamado".

No está permitido la grabación de vídeo hacia el exterior de los vehículos

La DGT permite la instalación de cámaras en el interior de los vehículos, pero siempre que las grabaciones se dirijan hacia el interior de los mismos, sin poner en riesgo la seguridad vial. Sin embargo, está completamente prohibido la instalación de cámaras para la grabación de terceros en el exterior de los vehículos. Recoger imágenes de personas en la vía pública sin su previo consentimiento está prohibido por la Ley de Protección de Datos.

Las únicas excepciones a esta norma se permiten cuando el coche está grabando hacia exterior en movimiento, en caso de colisión o accidente. Pero nunca cuando el vehículo está estacionado. Además, este tipo de grabaciones está acotado a su uso por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado bajo previa autorización judicial.