Indignación por la sentencia de cinco años de prisión para dos acusados de agredir sexualmente a una menor en Jerez: "Es irrisorio"
La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a cinco años de prisión a dos hombres, de entre 20 y 30 años, por la agresión sexual a una menor de 17 años
La Fiscalía había solicitado una condena de 27 años de prisión para cada uno de ellos
CádizLa Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a dos hombres, de entre 20 y 30 años, por la agresión sexual a una menor de 17 años ocurrida en enero de 2023 en Jerez de la Frontera. La sentencia establece cinco años de prisión, acompañada de libertad vigilada, inhabilitación especial y prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima. Ante este dictamen, la defensa de la víctima ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ya que ha calificado la pena de "irrisoria". La Fiscalía había solicitado una condena de 27 años de prisión para cada uno de ellos.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso la web de Informativos Telecinco, la víctima fue contactada por uno de los acusados en una discoteca y, tras intercambiar mensajes, accedió a acompañarle a su vivienda. Los hechos probados que recoge el escrito apuntan a que la menor confiaba en que se trataba de un encuentro privado, pero que una vez allí se dio cuenta de que había sido engañada con a la ubicación y por la presencia de otras personas.
En el interior de la vivienda uno de los acusados mantuvo relaciones sexuales con ella, mientras que el otro esperaba en la habitación contigua, participando posteriormente en actos sexuales simultáneos y sucesivos. El tribunal destacó que los agresores actuaron de forma coordinada, aprovechando la oscuridad y la disposición de la vivienda para anular la voluntad de la víctima. Durante la agresión, "la menor expresó en varias ocasiones dolor y negativa verbal, pero se vio obligada a acceder bajo miedo y presión emocional". Cuando finalmente pudo usar su teléfono móvil, contactó con un familiar para regresar a su domicilio, momento en que sus padres presentaron la denuncia que dio inicio al procedimiento judicial.
El informe del médico forense confirmó que la menor sufrió estrés postraumático y trastorno adaptativo, requiriendo seguimiento psicológico especializado durante meses. La sentencia reconoce que la agresión se produjo en "un contexto de intimidación suficiente para anular su consentimiento", y que la víctima actuó bajo miedo y presión emocional.
Por todo esto la víctima, que no presenta secuelas físicas permanentes, si que se ha visto afectada por un daño psicológico relevante.
Penas y medidas complementarias
La Audiencia Provincial condenó a los acusados como autores de un delito de agresión sexual, estableciendo penas que incluyen libertad vigilada tras cumplir la pena privativa de libertad, inhabilitación especial para ejercer profesiones u oficios que impliquen contacto con menores, y prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante varios años. El tribunal consideró estas medidas ligeramente superiores al mínimo legal, valorando la gravedad de los hechos pero situándolas en la parte inferior de la horquilla penal prevista por el Código Penal.
La abogada de la acusación, Silvia Moraleda, del despacho Defiéndete Legal Abogados, ha destacado que la sentencia reconoce que "la menor fue engañada, sorprendida y sometida a una agresión sexual planificada y coordinada, con intención de anular su voluntad". Sin embargo, señala que la pena de cinco años de prisión no refleja la magnitud del daño físico y emocional causado.
La letrada ha subrayado la coherencia y valentía del testimonio de la víctima durante todo el proceso, y ha anunciado que presentarán recurso de apelación ante el TSJA para que se imponga una pena proporcional a la gravedad del delito.
En definitiva, la Audiencia Provincial de Cádiz condena a los acusados a cumplir cinco años de prisión, con libertad vigilada posterior de seis años y una inhabilitación especial para ejercer profesiones que supongan contacto directo con menores durante once años. Además, se les prohíbe acercarse o comunicarse con la víctima por cualquier medio durante diez años, y deben asumir las costas del juicio por mitad. La defensa de la víctima considera que la condena es insuficiente y recurrirá la sentencia, manteniendo la confidencialidad de la víctima y de los acusados.