El Supremo mantiene en prisión a Cerdán, pero avanza que lo excarcelará antes de fin de año
Considera que persiste el riesgo de destrucción de pruebas, pero señala que previsiblemente lo liberará antes del 30 de diciembre
La Guardia Civil no encuentra "trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos" en los audios de Koldo García
El instructor del 'caso Koldo' en el Tribunal Supremo (TS) ha acordado mantener en prisión provisional al ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, rechazando así su última petición, al considerar que persiste el riesgo de destrucción de pruebas en el marco de la presunta trama de cobro de comisiones a cambio de obra pública. Avisa, no obstante, de que previsiblemente no se prolongará más allá del 30 de diciembre.
Fue el pasado 30 de junio cuando Cerdán ingresó en la cárcel de Soto del Real (Madrid) por su presunto papel principal en la referida trama, por la que el alto tribunal le achaca delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.
Desde entonces, Cerdán ha reclamado su excarcelación varias veces pero el Supremo se lo ha denegado. En esta última resolución, el instructor explica que nada ha cambiado para ordenar ahora su puesta en libertad.
No obstante, da la razón a la defensa en que la prisión provisional no se prolongará por tiempo superior a seis meses, lo que fija la fecha límite en el próximo 30 de diciembre.
"Se trata, sí, de un plazo límite máximo, pero ello, por descontado no significa que medida cautelar tan fuertemente aflictiva pueda perdurar hasta entonces, si hubieran desaparecido ya las razones que justificaron su adopción", añade.
Las pesquisas continúan
Para Puente, no es el momento oportuno para acordar la excarcelación porque el riesgo que apreció inicialmente de que destruya pruebas o manipule testigos no ha desaparecido, y la investigación continúa.
Sobre esto dice que "las investigaciones acerca de la precisa situación patrimonial de Cerdán no han concluido" y resulta preciso "profundizar en los eventuales vínculos económicos que pudieran existir entre Servinabar 2000", el ex 'número tres' del PSOE o "su círculo personal próximo, lo que comporta la realización de complejos análisis documentales que, en cierta medida, podrían ocultarse o alterarse todavía".
Agrega que "ese mismo riesgo" existe, "más acusadamente, con respecto a las posibles relaciones económicas y/o personales que Cerdán o Servinabar 2000 pudieran mantener o haber mantenido con personas concretas que vinieran actuando en nombre de Acciona".
"En el esclarecimiento de estos hechos se trabaja arduamente y avanza la investigación en las indicadas direcciones. Pero aún no ha concluido, siquiera en sus aspectos esenciales", detalla.
Con todo, resuelve que "ni desde luego ha transcurrido el plazo límite máximo de duración de la prisión provisional acordada en esta causa respecto a Cerdán, ni tampoco han cesado las razones que legítimamente justificaron su adopción".
Un informe descarta manipulaciones en los audios de Koldo
Además, el instructor del 'caso Koldo', Leopoldo Puente, ha avanzado que ya cuenta con un informe pericial que descarta manipulaciones en las conversaciones grabadas por Koldo García --ex asesor del que fuera ministro de Transportes José Luis Ábalos-- que incriminan a ambos y al ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán en una presunta trama de cobro de comisiones a cambio de obra pública.
Así lo aclara el magistrado en la resolución donde acuerda mantener en prisión provisional a Cerdán, rechazando así su última petición en este sentido, al considerar que el riesgo de que destruya pruebas o manipule testigos persiste, aunque al mismo tiempo avisa de que previsiblemente no continuará encarcelado más allá del 30 de diciembre.
En su resolución, Puente combate cada uno de los argumentos esgrimidos por la defensa de Cerdán para salir de Soto del Real, cárcel madrileña en la que ingresó el pasado 30 de junio por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.
"Papel de agente encubierto o agente provocador"
El instructor recuerda que en dichos audios, que recogen "sucesivas conversaciones con otros investigados en esta causa, el propio Cerdán vendría a reconocer de forma ciertamente explícita no solo el cobro de comisiones vinculadas a la adjudicación de determinadas obras públicas (...) sino también haber satisfecho parte de las mismas a otros investigados, así como expresando el compromiso de reclamar para ellos ciertas cantidades todavía pendientes de cobro".
Sin embargo, para Cerdán, según recoge Puente, estas grabaciones obedecen al supuesto "papel de agente encubierto o agente provocador" que su defensa a atribuye a García. Para el magistrado, se trata de una "hipótesis" que carece "del más mínimo apoyo indiciario".
Pese a ello, razona que, incluso si Koldo "se hubiera concertado con los agentes", "tampoco parece particularmente razonable que el propio García se auto-atribuyese también en los referidos audios una destacada participación en los hechos aparentemente delictivos que resultan de las conversaciones".
"Igualmente, no parece fácil entender que Koldo actuara, como los demás miembros de la presunta trama, animado por la supuesta repulsión que le produciría la actuación política de quien era, desde muchos años antes, su compañero de partido", añade.
Sobre esto, puntualiza que, "precisamente, la relación personal entre los señores García y Cerdán data de muchos años antes, sin que termine de comprenderse si, desde primera hora, ya habría actuado Koldo García con el criminal propósito que se le atribuye, o si éste, por alguna razón que también se desconoce y cualquiera que fuese su naturaleza, habría surgido después".
A eso anuda que "tampoco se corresponde fácilmente esa pretendida y maliciosa actividad falsamente incriminatoria con la circunstancia de que, al menos hasta este momento, Koldo García haya resuelto no ofrecer explicación alguna acerca de los archivos de audios hallados en su vivienda".
Ni el "más mínimo indicio"
Por tanto, concluye que "no existe en este momento el más mínimo indicio" de que las citadas grabaciones se realizaran "con el deliberado e inmediato propósito de confeccionar una prueba contra el investigado".
Puente menciona igualmente que la defensa de Cerdán "parece sostener que los archivos de audio no se corresponderían con ninguna conversación real". Y, en este punto, revela que este extremo "también parece quedar desvirtuado por el contenido del informe pericial efectuado y aportado a la causa recientemente".
Más adelante explica que, efectivamente, "ya se cuenta en este momento en la presente causa especial con un informe pericial en cuyas conclusiones puede leerse: 'No se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos' en relación con los audios objeto de estudio".
De todas formas, incide en que "no son los referidos archivos de audio los únicos indicios" contra Cerdán, aludiendo a los chats de WhatsApp y al contrato privado por el que el ex 'número tres' del PSOE adquirió el 45% de una empresa, Servinabar, que se benefició de la adjudicación de obra pública.