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Aforo, horarios y seguridad en discotecas: conoce tus derechos y obligaciones antes de salir de fiesta

Todo sobre tus derechos y obligaciones en discotecas. Unsplash
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MadridDe vez en cuando apetece una buena fiesta, salir de casa, escoger una discoteca y tomar algo en buena compañía mientras se escucha buena música, o aquella que esté de moda en ese momento. Al salir de fiesta queremos pasarlo bien, desconectar, charlar con amigos, conocer gente nueva, bailar… y esto es posible porque se cumplen las normas establecidas, lo que hace que podamos estar seguros. 

No siempre somos conscientes de ello, pero hay ciertos derechos y obligaciones que hay que respetar, tanto de las discotecas como de los clientes, y que pueden contribuir a que la experiencia sea positiva y se tengan ganas de repetir.

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Aforo, horarios y seguridad en discotecas: conoce tus derechos y obligaciones

Una velada es mejor si la discoteca escogida cumple con todas las normas necesarias para garantizar la seguridad de sus clientes. La primera de todas ellas es tener una licencia que les permita estar en funcionamiento, además, en esta misma licencia quedará establecido el aforo máximo permitido. 

Este es un dato que la discoteca, por norma, tiene que tener visible para informar a los clientes, también los horarios de apertura y cierre, así como los de actividades o espectáculos que se celebren. Es obligatorio también informar del precio de la entrada y el de las consumiciones, así como poner al servicio de los clientes un libro de reclamaciones que pueden solicitar si sienten que sus derechos han sido vulnerados. 

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Las discotecas deben garantizar la seguridad tanto para el público como para los trabajadores, facilitar la accesibilidad a medios de emergencia, por si fueran necesarios, y también proporcionar las medidas de accesibilidad para personas con diversidad funcional, adaptando los locales como precise la normativa.

Los horarios en los que tienen permitido estar abiertas las discotecas pueden variar ligeramente en función de las Comunidades Autónomas, por ejemplo, en Madrid el horario de espectáculos públicos es desde las 17.00 horas hasta las 5.30 horas. Una vez que llega la hora de cierre, deben encender las luces, abrir las puertas y facilitar que todo el mundo pueda salir. Una vez pasada la hora de cierre, no deben permitir la entrada de nadie al local y tampoco vender consumiciones, además, no pueden negarse a aceptar pagos en efectivo.

Las discotecas no pueden vender más entradas de las que permite el aforo, también está prohibida la venta y reventa callejera y ambulante. El cliente está en su derecho de denunciar las situaciones que consideren irregulares, si consideran que no hay suficientes salidas de emergencia o si no son suficientemente accesibles. Lo indicado es presentar evidencias a través de fotografías o vídeos y poner una reclamación ante las autoridades competentes. 

Es importante guardar la entrada o la publicidad empleada para promocionar la velada, porque tiene carácter contractual, es decir, lo que se publicita es lo que se debe encontrar al llegar a la fiesta o evento. De no ser así, se puede presentar una reclamación, primero señalando la falta ante la organización y, en caso de no obtener una respuesta satisfactoria, ante el Ayuntamiento o en la Oficina de Atención al Consumidor.