Juana Rivas entrega a su hijo menor a su padre, Francesco Arcuri
Juana Rivas ha llegado poco antes de las 11:00 horas al punto de entrega familiar en Granada
El Tribunal Constitucional inadmite la petición del recurso de Juana Rivas, que deberá entregar a su hijo menor al padre
Juana Rivas ha entregado a su hijo menor a su padre, el italiano Francesco Arcuri, en el punto de entrega familiar en Granada después que el Tribunal Constitucional (TC) haya inadmitido la solicitud urgente que presentó para que suspendiese la orden dictada por la Corte de Apelación de la ciudad de Cagliari (Italia) en el proceso por el que se resolvió mantener al menor bajo la custodia de éste.
En el sitio fijado para la recogida, al que Francesco Arcuri ha llegado poco antes de las 9:30 horas acompañado de su abogado español, Enrique Zambrano, ha dicho a los periodistas que no ve a su hijo Daniel, de 11 años, desde las pasadas Navidades, y que lleva "siete meses sin escuchar su voz".
Por su parte, Daniel, de 11 años, ha llegado acompañado por su madre, que, visiblemente afectada, ha accedido sobre las 10:40 al punto de encuentro familiar, donde un equipo de psicólogos y de los servicios sociales velará por que el intercambio se produzca de forma tranquila, como acordó la semana pasada el Juzgado de Primera Instancia 3 de Granada.
A las puertas del centro y preguntado por Francisca Granados, asesora de Juana Rivas desde el inicio de esta causa, el menor ha dicho que no quiere volver con su padre: "Me va a matar como vuelva".
El Tribunal Constitucional inadmite la solicitud de Juana Rivas
En la resolución del Tribunal Constitucional, de la que Juana Rivas estaba pendiente por si evitaba la entrega, el alto tribunal ha argumentado la inadmisión a trámite el recurso al entender los magistrados que no ha agotado la vía ordinaria y por carecer de especial trascendencia constitucional.
Rivas, representada por Aránguez Abogados, dio este paso después de que la Audiencia Provincial de Granada hubiese rechazado suspender la orden de entrega del menor que dictó el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada para dar cumplimiento a la decisión de los jueces de Italia.
La Audiencia de Granada rechazó suspender la entrega
Según ha detallado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), se estableció el cumplimiento de esta orden de entrega entre las 10.00 y las 11.00 horas del martes con la participación de un punto de encuentro familiar, de ahí la urgencia en las peticiones realizadas por Rivas ante distintos tribunales.
Los magistrados de la Audiencia de Granada recuerdan en su auto, consultado por Europa Press, que, en lo que concierne a los procedimientos de familia, impera la "ejecutividad inmediata" de las medidas acordadas "sin posibilidad de suspensión y sin necesidad de ejecución provisional o de ningún otro trámite".
En el marco del principio de confianza mutua entre estados europeos, "no podemos compartir el argumento que subyace en el planteamiento de la parte apelante, según el cual habría de aceptarse que el retorno del menor a Italia abocaría a la más completa desprotección del menor, por cuestionamiento de los mínimos estándares legislativos y jurisdiccionales en materia de protección de menores".
Estos mínimos estándares, "por más que, hipotéticamente, a los meros efectos dialécticos y entrando en el terreno de lo meramente subjetivo u opinable, hubieran de tenerse como de peor condición con respecto a la normativa o la tutela jurisdiccional españolas, no por ello dejaría de obligarnos a operar conforme a las normas imperativas del derecho de la UE", añade el auto en referencia a la investigación judicial que se sigue contra Arcuri por malos tratos en el ámbito doméstico en Italia tras las denuncias de Rivas.
Los magistrados subrayan, según ha apuntado el TSJA, que la cuestión debatida se refiere a un asunto en el que ha intervenido la Justicia de otro país miembro de la Unión Europea y, tras subrayar que la solicitud de suspensión hace mención "expresamente a la existencia de causa penal abierta ante tribunal europeo", concluyen que "no existen motivos para la suspensión de la orden y medidas de cumplimiento acordadas por la resolución apelada".
En este punto, los magistrados insisten en que "el armonioso y correcto funcionamiento de un espacio de justicia" en la Unión Europea "que respete los diferentes sistemas jurídicos y tradiciones de los estados miembros es vital" para la propia UE. "Procede, por lo tanto, reforzar la confianza mutua en los respectivos sistemas jurídicos", entendiendo que la resolución del tribunal italiano no conlleva la desprotección del menor.