Rescate ocio nocturno madrileño: en qué consiste y qué cuantía mensual percibirán los empresarios

  • El Ayuntamiento lanzará un plan de rescate para la hostelería recreativa

  • Cada local recibirá una ayuda de 10.000 euros repartidos en 10 meses

  • Las ayudas pretenden solucionar el problema de los abonos de alquileres

El ocio nocturno madrileño, que incluye discotecas, salas de baile, cafés y restaurantes, recibirá próximamente un aliento económico. El Ayuntamiento de la capital española lanzará este martes una convocatoria de dos millones de euros como plan de rescate.

Muchos ciudadanos se preguntan en qué consiste este rescate al ocio nocturno madrileño, qué cuantía mensual percibirán los empresarios y durante cuánto tiempo. Según los cálculos del área municipal, cada local recibirá una ayuda de 10.000 euros repartidos en 10 meses.

De este modo, cada empresa percibirá 1.000 euros por mes, que cubrirán la totalidad del importe de la renta de cada mes incluido en el periodo para el que se otorga la subvención, o la parte proporcional si el mes no fuera completo.

Segunda convocatoria de ayudas que lanza el área de Economía

Uno de los objetivos de estas subvenciones es ayudar a solucionar uno de los problemas más acuciantes como es el del abono de los alquileres. Con este importe prevén dar respuesta a las demandas del sector. Estas ayudas permitirán un alivio al sector para pagar las deudas de los alquileres. En Madrid hay en estos momentos alrededor de 500 salas abiertas.

Es la segunda convocatoria de ayudas que lanza el área de Economía para salvar al ocio nocturno. La primera cita, con la misma cuantía, se publicó el pasado 7 de enero, pero solo unos pocos pudieron beneficiarse de ella. Solo podían presentarse las discotecas, bares especiales y las salas de baile que tuvieron que cerrar habiendo abierto entre junio y agosto de 2020.

Con la primera ayuda se subvencionaron los gastos realizados para el pago de los arrendamientos de los locales de ocio nocturno, durante el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2020. Según la web del Ayuntamiento, la nueva convocatoria abarca en cambio más fechas y categorías de locales, porque dan respuesta a la nueva Orden 787/2021, del 18 de junio, de la Comunidad de Madrid.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

La subvención podrá ser solicitada por discotecas y establecimientos de ocio nocturno. Esto incluye a discotecas, bares especiales, salas de baile y de fiesta, y restaurantes y cafés espectáculo. Todo ello, siempre que sean arrendatarios del local, se haya reiniciado la actividad, se hallen al corriente de pago de la renta de alquiler y no hayan sido objeto de cese, clausura o precinto del local por resolución firme u objeto de sanción administrativa por resolución firme grave o muy grave en los últimos cinco y dos años respectivamente.

¿Cuál es el crédito?

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la segunda convocatoria de ayudas al ocio nocturno, por la que se destina un crédito de 500.000 euros ampliables a un total de dos millones de euros. Cada solicitante, cada local, recibirá una única ayuda.

En el caso de que haya crédito disponible tras haber satisfecho todas las solicitudes que cumplan los requisitos, pueden concederse nuevas ayudas para los solicitantes que desarrollen su actividad en más de un local del municipio de Madrid, a cuyo efecto podrá presentarse una única solicitud para todos ellos.

¿Son compatibles estas ayudas con otras subvenciones?

Esta ayuda, procedente de la segunda convocatoria para el rescate del ocio nocturno madrileño, es compatible con cualquier otra que la empresa reciba de otras administraciones para el mismo fin. No obstante, el importe de las ayudas concedidas en ningún caso podrá ser superior, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, al importe de los recibos del arrendamiento del local correspondientes al período subvencionado.

¿Cuándo sale la convocatoria y cuál es el plazo para presentar la solicitud de ayuda?

El plazo para presentar la solicitud de ayuda arrancará pocos días después de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, BOAM, y será de 20 días naturales. El plazo de esta convocatoria de ayudas finalizará el 20 de agosto.

¿Dónde se registran los solicitantes?

Los usuarios que quieran presentar la solicitud de ayuda deben registrarse en un espacio que habilitará el Ayuntamiento de Madrid en su sede electrónica. También se podrán presentar estas solicitudes de ayuda, mediante cita previa, de manera presencial.