Subsidio para desempleados mayores de 52 años: requisitos para cobrarlo y cómo renovar

  • Se trata de una ayuda a parados hasta cumplir la edad de jubilación

  • Tras años congelado, su cuantía es ahora de 451,92 euros mensuales

  • Tiene que renovarse cada seis meses, presencialmente o por Internet

La aprobación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) el pasado 22 de diciembre supuso el incremento de subsidios como es el destinado a mayores de 52 años. Una ayuda que el Ministerio de Trabajo y Economía Social entrega a las personas que tienen, como mínimo, la edad mencionada y que se encuentran en paro.

Dicho subsidio permaneció congelado entre 2011 y 2016, subió un 1% en 2017 y se volvió a congelar hasta el pasado diciembre, cuando el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) aumentó un 5%, pasando de los 537,84 euros a los 564,90 en este 2021.

Como consecuencia, el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, cuyo importe mensual es el 80% del IPREM, ha pasado de los 430,27 euros mensuales a los 451,92 euros. Se puede percibir este subsidio hasta que la persona beneficiaria alcance la edad de jubilación exigida para tener derecho a la correspondiente pensión.

Requisitos para recibir el subsidio

Quien quiera solicitar el subsidio para mayores de 52 años deberá cumplir los siguientes requisitos establecidos por el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE):

  • Estar desempleado.
  • No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
  • Tener 52 años o más en el momento de entrega de la solicitud y no tener la edad mínima para pedir la pensión de jubilación.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo o desde la fecha de la inscripción como demandante de empleo si se accede al subsidio por ser emigrante retornado, liberado o liberada de prisión o por revisión de la incapacidad, y no haber rechazado durante ese mes ninguna oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
  • Cumplir el compromiso de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.
  • No tener ingresos de más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • Presentar documentos que certifiquen que el demandante cumple todos los requisitos, salvo el de la edad, para cobrar la jubilación. Entre estos requisitos destaca haber cotizado 15 años dentro de periodo laboral del trabajador, así como dos años dentro de los últimos 15 años. Además, se ha de tener cotizados al menos seis años al desempleo en toda la vida laboral.

Cómo renovar dicha ayuda

En caso de recibir el subsidio para mayores de 52 años, es importante tener en cuenta que se debe renovar cada seis meses. Para ello, puede hacerse de dos formas:

- Presencialmente: se puede rellenar el impreso de solicitud y llevarlo a la oficina más cercana, habiendo cogido cita previa.

- Por Internet: es la forma más aconsejable de hacerlo en esta situación de pandemia. Esta forma requiere tener un medio de identificación segura (clave de acceso, certificado digital o DNI electrónico). En este caso, se debe renovar el subsidio de lunes a viernes en un horario de 08:00 a 20:00 horas a través de la sede electrónica del SEPE. En caso de no tener identificación segura, se puede renovar de forma online rellenando el formulario de presolicitud.