Sanciones por pagar una multa de tráfico fuera de plazo

  • Pagar una multa de tráfico fuera de plazo tiene sus consecuencias: la regla general es una sanción económica mayor

  • Tu multa puede proceder de alguna comunidad autónoma o ayuntamiento, por lo que debes dirigirte siempre al organismo que te haya sancionado

  • Pagar dentro del periodo voluntario de 20 días tras recibir tu sanción para que te ahorres el 50 por ciento de la multa

Recibir una multa no es plato del gusto de nadie, pero conocer cómo funcionan este tipo de sanciones puede ayudarte a ahorrar algo de dinero en este trámite y a no perder el tiempo con excesiva burocracia. Existe un plazo voluntario en el que hacer frente a este tipo de sanciones resulta bastante más barato, algo que no será posible si decides recurrir tu multa por no estar de acuerdo con la sanción. Otro escenario es ignorar esa circunstancia y dejar pasar el tiempo, con lo que te expones a tener que pagar la multa fuera de plazo, con las consecuencias que ello implica. ¿Cuáles son las acciones por pagar una multa de tráfico fuera de plazo?

Sanciones por pagar una multa fuera de plazo

Lo primero que debes saber es que cualquier multa de tráfico procedente de la Dirección General de Tráfico (DGT) puede ser abonada en periodo voluntario, que comprende los primeros 20 días naturales desde la fecha en que la multa haya sido notificada. En la mayoría de los casos, pero no en todos, implica la reducción del importe de la multa en un 50 por ciento. Por eso, si en tu caso tienes claro que la sanción era más que merecida o tiene serias dudas sobre la posibilidad de recurrir con éxito, lo mejor es que te cojas a este periodo de pago para, al menos, ahorrar un poco de dinero.

Así, tal y como recuerda la propia DGT, lo primero que tienes que hacer al recibir una sanción de este tipo es comprobar quién te ha puesto la multa. Es posible que sea de Tráfico, pero también puede proceder de alguna comunidad autónoma o de algún ayuntamiento. Para pagarla, reclamar o poner alguna alegación, debes dirigirte siempre al organismo que te ha sancionado.

Si tu multa es de Tráfico, una vez pasados estos 20 días del periodo voluntario, comienza el periodo ordinario, que se extiende hasta 45 días después de recibir la notificación. En este caso, deberás abonar el total de su importe. Si dejas pasar eso plazo ordinario, la sanción pasará a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que se encargará de cobrarla con el 20 por ciento de recargo. Además, la DGT recuerda que no puedes fraccionar o aplazar el pago de una multa: ha de pagarse en tu totalidad.

Además, es importante saber que, si pagas la multa en periodo voluntario y te beneficias del 50 por ciento de reducción, se entiende que renuncias a presentar alegaciones. Por lo tanto, cualquier recurso o alegación que presentes tras haber pagado la multa en período voluntario no tendría efecto. Del mismo modo, al interponer una alegación, pierdes el derecho al descuento del 50 por ciento, por lo que, si tu alegación es desestimada, deberás pagar el cien por cien de la sanción.

Por último, si has detectado alguna anomalía en el pago de la multa, puedes solicitar la devolución del pago de la multa.

¿Cómo puedes pagar las multas?

En general, y siempre que te encuentres en periodo voluntario, puedes pagar la multa vía Internet utilizando los datos de fecha de la notificación y el número de expediente. La fecha de notificación es en la que recibes la notificación en tu domicilio, o bien el día en que te la entregue en mano un agente de la Guardia Civil. Una forma sencilla de realizar el pago es usar el código QR que se encuentra en la propia multa multa.

Si prefieres un método más clásico, también puedes pagar por teléfono, llamando al teléfono 060, mediante tarjeta de crédito o débito (Visa, Mastercard o Maestro). Se trata de un sistema de atención automática, accesible en horario ininterrumpido, 24 horas todos los días del año. Si eres usuario de la app miDGT, también puedes utilizar esta plataforma y, por último siempre quedará la opción de pagar presencialmente: puedes hacerlo en Caixabank, en Correos o en cualquier jefatura u oficina de tráfico.