El Tribunal Superior de Justicia de Asturias declara la firme absolución de Álvarez-Cascos del delito de apropiación indebida

Francisco Álvarez-Cascos, expresidente del Principado y exvicepresidente del Gobierno. Europa Press
  • El expresidente del Principado y exvicepresidente del Gobierno estaba acusado por supuestamente cargar gastos indebidos a Foro Asturias

  • Al no haberse presentado recursos, la sentencia dictada ha sido declarada firme

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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha declarado la firmeza de la sentencia por la que Francisco Álvarez-Cascos, expresidente del Principado y exvicepresidente del Gobierno, fue absuelto del delito continuado de apropiación indebida del que estaba acusado por supuestamente cargar gastos indebidos a Foro Asturias.

Al no haberse presentado recursos, la sentencia dictada hace unos días ha sido declarada firme, según informan fuentes del alto tribunal asturiano citadas por EFE.

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Fue concretamente a principios de este mayo cuando el TSJA confirmó el fallo absolutorio dictado el pasado 4 de febrero por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo.

Por su parte, la Fiscalía y la acusación ejercida por Foro Asturias pedían una condena de tres años y medio de prisión, así como el pago de una indemnización de entre 181.000 euros y 218.000 euros por haber cargado gastos que consideraban particulares, relacionados por ejemplo con viajes o comidas.

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Álvarez-Cascos y sus gastos en Foro Asturias

Álvarez-Cascos, quien ocupó diversos cargos de relevancia en Foro Asturias, partido constituido en 2011 en torno a su figura tras su salida del PP, y con el que accedió ese mismo año a la Presidencia del Principado, alegó durante el juicio que todos los gastos formaban parte de su retribución al frente del partido y dijo tener la "conciencia tranquila".

Durante sus declaraciones frente al tribunal, el expresidente del Principado aludió a un acuerdo con el partido para que se le abonaran los gastos derivados de su actividad al servicio del partido, a la vez que defendió que "trabajaba veinticuatro horas al día" con "dedicación plena" al proyecto político sin tener "ni descansos ni vacaciones".

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La Audiencia reconoció que "tal acuerdo, que es razonablemente comprensible para motivar a la persona buscada para liderar el proyecto político que se ponía en marcha", fue referido tanto por el acusado como por "testigos destacados en la génesis y ulterior acción del partido".

De este modo, en la sentencia constaba que, desde su origen, el partido no tenía tesorero, de modo que la gestión económica y financiera recaída sobre la Comisión Directiva, sin que nadie cuestionara los gastos, y añadía que el acusado "nunca dispuso de firma en las cuentas bancarias del partido ni de tarjetas de crédito o débito asociadas a ellas".

A ese respecto, los gastos generados por su actividad que se consideraban relacionados con sus funciones eran cargados a las cuentas del partido "previa aportación de los justificantes correspondientes que eran contabilizados y comprobados para pasar a la firma de los apoderados en las cuentas bancarias".

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