El Tribunal Supremo elimina el límite anual del permiso de cinco días para atender a familiares con enfermedades graves

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El Tribunal Supremo confirma que el permiso no se limita a los días de hospitalización del familiar. EP
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El Tribunal Supremo ha eliminado el límite anual de cinco días del permiso para atender a familiares con enfermedad grave. A esta decisión se suma la confirmación de la sentencia de la Audiencia Nacional por la que se declara el derecho a disfrutar de estos días de manera flexible.

Esta sentencia ha puesto fin a un conflicto de un grupo empresarial con la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), en el que la empresa quería limitar el derecho a atender a un familiar con una enfermedad grave a un máximo de cinco días laborables. Además, querían limitar el permiso a los días de hospitalización sin contemplar la posibilidad de que el familiar necesite posteriormente cuidados domiciliarios de la persona trabajadora.

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El derecho al permiso de cinco días se contempla en el Estatuto de los Trabajadores en los casos en los que el trabajador tenga que atender a un familiar por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario.

El permiso puede disfrutarse más de una vez al año, según el Tribunal

Ya en febrero, el Tribunal Superior había señalado que este permiso es flexible y que no se contabiliza en días naturales con inicio obligatorio desde el hecho causante sino que permite un margen para que el trabajador puede planificar una asistencia eficaz al familiar que lo necesite.

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No obstante, la última sentencia del tribunal ha hecho hincapié en que el permiso no tiene por qué estar limitado a un único periodo en cada año natural. Según la sentencia, "cada supuesto de hecho habilitante del permiso da lugar a una duración del mismo de cinco días".

Desde CSIF señalan su satisfacción por esta sentencia, "que supone un nuevo éxito de nuestra organización en el ámbito de la empresa privada para evitar abusos y garantizar los derechos de trabajadores". Y afirma que el Supremo hace una interpretación "sociológica, razonable y garantista" de estos permisos "evitando así situaciones de abuso y desprotección".