El Tribunal Supremo no condenará a los líderes del procés por rebelión

  • Considera que hubo violencia pero no instigada por los acusados

  • Está previsto que el fallo sea por unanimidad y se conozca la semana próxima

  • Los procesados en prisión serán condenados también por malversación

El Supremo condenará a los nueve líderes del procés en prisión por un delito sedición, no de rebelión. Está previsto que el fallo se conozca a principios de la semana que viene y se espera que sea por unanimidad de los magistrados.

La cuestión estaba en si el Alto Tribunal consideraba que había rebelión, un delito que implica violencia y que puede elevar la condena a entre 15 y 25 años de cárcel. Sin embargo, se descarta y los magistrados optan por condenarlos por sedición. Consideran que sí hubo violencia en momentos puntuales pero no estuvo instigada por los reos como instrumento para alcanzar la independencia.

La diferencia fundamental entre rebelión y sedición es que la primera persigue conductas que pretenden modificar las estructuras del Estado. Así, los magistrados se espera que dicten su sentencia por unanimidad a principios de la próxima semana.

La Fiscalía ha apostado durante el juicio por la rebelión, la Abogacía del Estado, en representación del Gobierno, por sedición y las defensas argumentaron la mera desobediencia.

Además, de la condena de sedición se sumará la de malversación para el exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsejeros que están presos. Se librarán de este delito Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs, que serán condenados solo por desobediencia y no malversación.