Posibilidades de hacer un viaje del IMSERSO sin ser jubilado

  • Una serie de requisitos permiten disfrutar de los viajes del IMSERSO sin estar jubilado

  • Los viajes del IMSERSO se retomarán a partir del otoño de 2021

  • Los cónyuges o parejas de hecho también pueden beneficiarse del IMSERSO aunque no estén retiradas

El IMSERSO, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, es un organismo dependiente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que, entre otras cosas, se dedica a la organización de viajes a bajo coste destinados a personas jubiladas pero de los que también se pueden beneficiar otros colectivos.

Gran parte de los mayores de 65 años ya han sido inmunizados contra el coronavirus y eso abre la puerta a que los viajes y excursiones del IMSERSO se puedan retomar a partir del próximo otoño. Haberse vacunado contra la covid19 será además un requisito indispensable para poder participar en el programa.

A pesar de que estos viajes están destinados principalmente a personas jubiladas mayores de 65 años residentes en España. La organización establece una serie de requisitos por la que otras personas también pueden beneficiarse.

Residentes en España

  • Pensionistas de viudedad mayores de 55 años.
  • Pensionista por otros conceptos o perceptores de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
  • Titulares o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
  • Emigrantes retornados a España y pensionistas del Sistema público de la Seguridad Social del país del que se ha retornado.

Españoles residentes en el exterior

En este caso será necesario que se cumpla con alguno de los requisitos establecidos para los residentes en España y realizar la solitud a través de la Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del país de residencia. Los países incluidos en el programa son: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza.

¿Me puedo beneficiar de los viajes del IMSERSO si no cumplo ninguna de las condiciones?

Las beneficiarios de los viajes del IMSERSO podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye "una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión".

Los usuarios también podrán ir acompañados de sus hijos si estos tienen algún tipo de discapacidad igual o superior al 45 por ciento. En este caso tendrán que viajar con sus padres y alojarse en la misma habitación. Si quieran también pueden pagar un suplemento para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

En todo caso, las personas que ocupen una de las plazas deberán valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

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