Multas que desconoces: y sí sacar el brazo por la ventanilla es una de ellas

Una de las costumbres más típicas que adoptan muchos conductores es la de sacar el brazo abriendo la ventanilla. Esta conducta se repite con mayor ocasión en estos días puesto que el calor ya aprieta en la mayoría del país. Pero este comportamiento en la conducción puede ser muy peligroso para el que conduce porque se arriesga a perder el brazo con esta acción temeraria. Además, según dice la Ley, quien saque una mano por la ventanilla se arriesga a una sanción que acarrea una multa.

Esto es lo que señala el artículo 18 del Reglamento General de Circulación: «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía». El agente que observe a un ocupante de un vehículo sacando la mano por la ventanilla puede acogerse a este artículo para sancionarlo.

¿Cuánto puede costar la multa de esta acción temeraria?

Esta acción no está recogida como tal en el Código de Circulación, pero el agente podría sancionar con 80 euros a la persona que saque el brazo por la ventanilla al entender que se está circulando «de manera negligente» o no está «en condiciones de controlar el vehículo» al no tener las dos manos en el volante.

Aunque siempre existe excepciones a la norma. Sí se permite sacar el brazo por la ventanilla para los casos especificados en el artículo 44.1, en el que se explica que «los conductores están obligados a advertir al resto de los usuarios de la vía acerca de las maniobras que vayan a efectuar con sus vehículos». Además, el segundo apartado señala que «como norma general, dichas advertencias se harán utilizando la señalización luminosa del vehículo o, en su defecto, con el brazo»

Esta excepción también está reflejada en el artículo 109, en el que se habla de advertencias ópticas. «El conductor debe advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral o hacia atrás de su vehículo, y en caso de no ser posible, podrá utilizar el brazo», señala el citado artículo.

Las sanciones por sacar el brazo quedarán por tanto a interpretación del agente. Si entiende que esta práctica pone en riesgo la seguridad vial, la persona implicada recibirá la sanción correspondiente.

Otras multas tradicionales del verano

  •   Ir sin camiseta: sanción de 80 euros

Conducir sin camiseta es otro de los hábitos que más repiten cada verano. Tráfico entiende, al igual que con las chanclas, que no es una vestimenta adecuada y también incluye el bañador y el bikini en este apartado. Además, aconseja siempre el uso de una camiseta para evitar quemaduras por la fricción del cinturón de seguridad.

  • Conducir con chanclas: multa de 80 euros

Es el calzado más popular del verano. Pero las chanclas no son adecuadas para conducir. Con un calzado inadecuado como pueden ser las chanchas se pierde sensibilidad con los pedales y pueden engancharse e impedir reaccionar ante un imprevisto. Tampoco la solución es conducir descalzo. Los agentes de tráfico pueden interpretar que reduce nuestra libertad de movimiento a la hora de conducir.

  • Poner los pies en la guantera o fuera del coche: multa de 80 euros

Otra tendencia extremadamente arriesgada, en este caso del copiloto, es apoyar los pies sobre la guantera o fuera del coche con la ventanilla bajada. En caso de accidente, el airbag frontal, no solo dejaría de cumplir su función de retención del ocupante, sino que pasaría a convertirse en un elemento potencialmente peligroso.

  • Comer y beber durante el viaje

Lo mismo ocurre si comemos o bebemos mientras se conduce. El agente puede interpretar que se trata de una distracción y que afecta a la seguridad al tener el conductor las manos ocupadas.