Conceden una reducción de jornada del 99 % al padre de un niño con autismo grave

La Sala de lo Social del TSJC revoca así un fallo anterior del Juzgado de lo Social de Arrecife
Los magistrados otorgan al padre la reducción de jornada que solicitaba, pues su hijo exige atención continua por parte de sus progenitores
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha reconocido a un trabajador con un hijo autista con trastorno de la conducta grave el derecho a la prestación económica para cuidarlo (reducción de jornada del 99%) que le habían denegado su mutualidad y un juzgado, alegando que el menor no había cumplido el requisito de un internamiento hospitalario prolongado.
La Sala de lo Social del TSJC revoca así un fallo anterior del Juzgado de lo Social de Arrecife (Lanzarote), que había desestimado la solicitud de la familia del menor.
El menor exige atención continua por parte de sus progenitores
En un sentencia hecha pública este lunes, los magistrados otorgan al padre la reducción de jornada que solicitaba, pues su hijo exige atención continua por parte de sus progenitores, ya que presenta un cuadro de trastorno del espectro autista, retraso en el lenguaje, trastorno de conducta alimentaria y trastorno de conducta grave, calificando la situación como de gran dependencia, grado III.
"El hecho de que el menor no haya requerido un ingreso hospitalario prolongado", razona la Sala, "no significa que su situación sea menos grave ni que sus necesidades de atención sean menores, antes al contrario, las patologías del espectro autista, con la severidad que presenta, demandan precisamente una atención constante en el entorno familiar, siendo este el ámbito terapéutico más adecuado para su tratamiento”.
Subraya el tribunal que negar la prestación por la ausencia de hospitalización previa "supondría tanto como establecer una discriminación injustificada entre menores con enfermedades que típicamente requieren internamiento y aquellos cuyas patologías, siendo igualmente graves y demandando idéntica dedicación de sus progenitores, se tratan preferentemente de forma ambulatoria o domiciliaria".
