La DGT tendrá que devolver miles de multas ilegales que no tenían en cuenta más velocidad al adelantar

  • Está recogido en el artículo 51 del Reglamento General de Circulación

Los Automovilistas Europeos Asociados (AEA) han denunciado miles de sanciones ilegales que la DGT habría puesto al no tener previstas las velocidades máximas al adelantar en las carreteras convencionales, donde además de los 90 kilómetros por hora se pueden sobrepasar en 20 km por turismos y motocicletas al pasar a otro vehículo.

Al programar los radares en tramo en este tipo de vías, la DGT no tuvo en cuenta esta velocidad recogida en el artículo 51 del Reglamento General de Circulación, lo que ha provocado miles de denuncias que no son motivo de infracción.

Estos radares de tramo se han ubicado en distintas localidades españoles donde la velocidad límite está fijada a 90 kilómetros por hora. Un ejemplo de ello está en el kilómetro 479,9 de la N-122, en Zamora, donde podría alcanzarse hasta 109 km/h para adelantar sin cometer una infracción. Una misma situación ocurre en León en la N-630, en la N-320, en Guadalajara y en N-430, en Albacete.