¿Qué tiempo mínimo has de cotizar para cobrar la jubilación?

  • Acceder a la pensión por jubilación requiere haber cotizado al menos 15 años

  • En estos casos, se cobrará el 50 por ciento de la base reguladora

  • El porcentaje aumentará a medida que lo hagan los años cotizados

La pensión por jubilación (o, mejor dicho, la falta de ella) es uno de los temas que más preocupan a los españoles. En envejecimiento progresivo de la población, el retraso de nuestra edad de jubilación, una cotizaciones cada vez más bajas, la apuesta por las pensiones privadas como complemento... son factores que hacen temer un futuro gris de cara a nuestro retiro laboral. Por eso es importante saber cómo funciona el cálculo de la jubilación y, en concreto, son muchas las personas que se preguntan qué tiempo mínimo se debe cotizar para cobrar la jubilación

¿Qué tiempo mínimo se debe cotizar para cobrar la jubilación?

Aunque la normativa puede cambiar con el paso del tiempo, a día de hoy, y en condiciones 'normales' (jubilación ordinaria de un empleado a tiempo completo), para determinar la base reguladora de cada persona se tendrá en cuenta la media de las bases por las que haya cotizado en los últimos años de su vida laboral.

Por ejemplo, en 2020 se tomaron las bases de cotización de los últimos 23 años, en 2021 se tendrán en cuenta las cotizaciones de los últimos 24 años y, si nada cambia, desde 2022 en adelante se tendrán en cuenta las cotizaciones de los últimos 25 años.

En cuanto al periodo mínimo de cotización exigido, es de 15 años, y da acceso actualmente al 50 por ciento de la base reguladora, lo que significa se percibirá una cuantía igual a la mitad de la base reguladora. A partir de este mínimo, el porcentaje aumentará de forma gradual en función de los meses cotizados. Así, una vez que se establece esta media, para calcular el importe de nuestra jubilación tendremos que aplicar un porcentaje que dependerá del tiempo que se ha cotizado.

Tal y como recuerda BBVA, si la cuantía determinada es inferior a la pensión mínima, tendrá que ser completada por el denominado complemento por mínimos hasta alcanzar el importe señalado cada ejercicio. Eso sí, "este derecho no se reconoce a todos los beneficiarios, sino solo a los que demuestren que carecen de rentas inferiores a un límite marcado cada año”.

En el caso de 2020, este límite fue de 7.638 euros al año en caso de unidad unipersonal y existencia de cónyuge no a cargo, mientras que la cuantía se situó en 8.909 euros anuales en caso de existencia de cónyuge a cargo, sumando en este supuesto los ingresos del pensionista y su cónyuge.

Por último, si quieres simplificar el trámite del cálculo de la pensión por jubilación, existe una calculadora (que funciona como simulador) de la Seguridad Social. Esta simulación se realiza teniendo en cuenta la información real del solicitante, a fecha de la simulación, que consta en las bases de datos de la Seguridad Social. Más allá de dicha fecha, el sistema proyecta la situación actual hasta la fecha de jubilación o bien permite que el usuario contemple distintos escenarios (alta en otro Régimen, desempleo, cambio de base de cotización…).