Elecciones 23J: cómo delegar en un sustituto la obligación de ser miembro de una mesa electoral

En estas elecciones estivales del 23J, una de las cuestiones que más preocupa a los ciudadanos es saber si les tocará estar en una mesa electoral. Y sobre esto hay novedades porque los sorteos se van a celebrar en todos los ayuntamientos entre los días 22 y 28 de Junio, dos antes de lo previsto. Una petición de los propios consistorios que se van a constituir dentro de una semana. Tras el sorteo, hay tres días de plazo, para notificarlo a los interesados, que tendrán siete días para alegaciones desde que son informados. 

El voto por correo se puede pedir (de manera telemática o presencial) hasta el 13 de Julio inclusive, pudiéndose votar hasta el día 20. Y tal y como ha señalado la Junta Electoral el DNI será obligatorio para evitar presuntos fraudes. Además los que hayan pagado vacaciones antes del 30 de mayo y estar en una mesa electoral les pueda suponer un prejuicio económico puede esquivar ser mesa.

Una probabilidad del 2% de que te toque mesa electoral

Si has resultado elegido en el sorteo y ya te lo han notificado, dispones de un plazo de siete días para justificar “causa justificada y documentada que te impida la aceptación del cargo”. Sin embargo, alegar algún impedimento no significa que automáticamente nos libremos de acudir a la mesa. La Junta Electoral de Zona tiene la capacidad de aceptarlas o rechazarlas. En caso negativo, esta decisión ha de ir acompañada de una justificación por parte del organismo. Si has contratado las vacaciones después del 30 de mayo, no tendrás excusa para no acudir a la mesa. Esta es la fecha en la que se publicó en el BOE la convocatoria electoral.

La probabilidad de ser convocados para formar parte de una mesa electoral el 23 de julio es de casi el 2%. La cifra se dispara en barrios o poblaciones pequeñas y envejecidas porque los mayores de 70 años no entran en el sorteo y a partir de 65 se puede renunciar.

También se puede alegar y ser eximidos si se cumple algunos de los motivos que recoge la ley ya sean médicos, personales o profesionales. Entre otras razones se puede justificar estar a cargo de una persona dependiente o menor de 8 años. O ser padre de un niño de hasta 14 años si se acredita que no puede quedarse con el otro progenitor. Como última salida, se ofrece la posibilidad de delegar en un sustituto. El voluntario que asuma la responsabilidad tendrá que ser un votante al que le corresponda la misma mesa electoral y hacerlo de forma altruista. Si el 23 de julio tiene planes y ha sido convocado a una mesa electoral, es posible delegar en un sustituto. Eso sí, tendrá que convencer a un familiar o un vecino que vote en misma mesa. Pero no se puede pagar a nadie para ocupar tu sitio en la mesa electoral, eso es ilegal y se castiga con multa o, incluso, pena de prisión. Los miembros de la mesa recibirán 70 euros.