El Tribunal de Cuentas amnistía a Puigdemont y todos los encausados en el caso de los gastos del 'procés'

El presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont,
El expresidente de la Generalitat y presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont. Europa Press
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El Tribunal de Cuentas ha decidido aplicar la ley de amnistía al expresidente catalán y líder de Junts, Carles Puigdemont, y la treintena de encausados en el caso que seguía sobre el presunto desvío de fondos para el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la acción exterior del 'procés'.

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No se ha demostrado que se usaran fondos públicos

Según consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el órgano fiscalizador señala que no se ha demostrado que esos gastos del proceso independentista se realizaran con fondos públicos provenientes del presupuesto de la Unión Europea.

El órgano indica que los encausados llevaron a cabo los gastos vinculados al referéndum ilegal y a la denominada "acción exterior" de la Generalitat desarrollada desde 2011 a 2017 con el fin de difundir en el ámbito internacional el proceso independentista, "un hecho sobre el que no ha existido real controversia entre las partes y que, por lo demás, cuenta con sólido sustento probatorio".

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"Todos los gastos a que se refiere el hecho anterior fueron efectuados entre los días 1 de noviembre de 2011 y 13 de noviembre de 2023, bien en el marco de las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, y ya fuera con motivo de su preparación o de sus consecuencias; o bien con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, o habiendo contribuido efectivamente a la consecución de tales propósitos", añaden, para insistir en que también es un hecho "no controvertido y corroborado" por las pruebas aportadas.

Pero "al no haber quedado acreditada, en relación con los hechos aquí enjuiciados, una afectación a los intereses financieros de la Unión Europea en la vertiente relativa los gastos contemplados en su presupuesto, y debiendo considerarse incluidos en el ámbito de aplicación de la ley de amnistía los referidos gastos por los que los demandantes reclaman responsabilidades contables en este proceso jurisdiccional, debe concluirse que procede aplicar lo establecido y, en consecuencia, declarar extinguidas las presuntas responsabilidades contables que podrían derivar", señala la resolución.

Aval de la Justicia europea

El Tribunal de Cuentas expone que "así resulta de los certificados expedidos por la Intervención General de la Generalitat", en los que se asegura, según cita, que "los gastos relacionados no han sido financiados con fondos procedentes del presupuesto de la Unión Europea, ni por fondos administrados por ésta o por cuenta de ésta".

Por ello, declara que procede aplicar la medida de gracia y absolver a todos los encausados, a la vez que ordena levantar las medidas cautelares adoptadas en la fase de actuaciones previas.

El caso fue impulsado tras demandas de la Fiscalía y Sociedad Civil Catalana que estimaban los gastos presuntamente no justificados en entre tres y cinco millones de euros, aunque el Ministerio Público abogó por aplicar la amnistía una vez aprobada la ley.

Entre la treintena de encausados por el Tribunal de Cuentas estaban Puigdemont, el también expresidente de la Generalitat Artur Mas, el exvicepresidente Oriol Junqueras y exconsejeros.

La decisión de aplicar la amnistía tiene lugar después del aval del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a la ley, al entender que no afecta a los intereses económicos comunitarios, así como por el respaldo del Tribunal Constitucional a perdonar el delito de malversación que pesa sobre Puigdemont y otros dirigentes.