Una juez deniega el 'habeas corpus' a los estudiantes madrileños confinados en Mallorca

  • Se trata de estudiantes de la misma clase del instituto Rey Pastor de Moratalaz que se desplazaron el pasado 23 de junio a la isla

  • Agentes de la Policía Nacional han entregado a las cinco de la madrugada de este miércoles a los jóvenes la resolución que deniega el auxilio judicial

  • El juez de lo Contencioso Administrativo número 3 de Palma decidirá a lo largo de esta mañana si ratifica el confinamiento forzoso de los estudiantes

La juez de Instrucción número 6 de Palma de Mallorca ha denegado el 'habeas corpus' a los estudiantes madrileños confinados en Mallorca por el megabrote que afecta a diferentes viajes de fin de curso de varias comunidades autónomas. Los padres de los veintiún alumnos madrileños, todos ellos de un instituto de Moratalaz, interpusieron ayer a través del abogado de la agencia de viajes el auxilio judicial por posible detención ilegal de sus hijos en el hotel medicalizado Palma Bellver.

Se trata de estudiantes de la misma clase del instituto Rey Pastor de Moratalaz que se desplazaron el pasado 23 de junio a la isla dentro del grupo burbuja que han mantenido todo el año. Desde el pasado día 27, llevan encerrados en el hotel medicalizado Bellver. Sin embargo, estudiantes de otras nacionalidades no están sujetos a este confinamiento. Agentes de la Policía Nacional han entregado a las cinco de la madrugada de este miércoles a los jóvenes la resolución que deniega el auxilio judicial, a la que tuvo acceso Europa Press.

Decenas de familiares de los jóvenes confinados han solicitado el 'habeas corpus' a los organismos pertinentes. El juzgado de guardia de Palma ha desestimado las tres primeras peticiones, alegando que los jóvenes no están retenidos de forma ilegal en Mallorca.

El Juzgado expone que se trata de "un ingreso recomendado por las autoridades sanitarias", por lo que "no se está ante un supuesto de detención ilegal". El juez de lo Contencioso Administrativo número 3 de Palma decidirá a lo largo de esta mañana si ratifica el confinamiento forzoso de los estudiantes. La Fiscalía se opuso ayer al confinamiento forzoso al "no resultar plenamente justificadas ni proporcionadas de acuerdo con la legislación vigente".

Las familias de estos jóvenes de Madrid adelantaron ayer que estudiarían emprender acciones legales por posible detención ilegal en el caso de que el auxilio judicial fuera rechazado, como ya han hechos las familias de otros estudiantes afectados por este confinamiento. Los padres temen ahora que vayan a contagiarse debido a que otros estudiantes están realizando fiestas en las habitaciones sin que se esté controlando.

La madre de uno de ellos ha relatado a Europa Press que a los alumnos madrileños se les confinó en un primer momento en su hotel, el día 26, pero accedieron a ir al Bellver dado que si les hacía PCR y salía negativa podrían salir del confinamiento. "Nosotros les dijimos que nos parecía correcto que si uno solo daba positivo entonces si tendrían que hacer la cuarentena pero que si todos daban negativo se acababa la pesadilla y listo", ha comentado. Sin embargo, ya llevan dos PCR negativas --una de ellas para viajar-- y no les dejan abandonar sus habitaciones. Ya llevan cinco días encerrados desde la primer PCR negativa. El próximo 5 de julio serán sometidos a una nueva prueba para poder salir el 8.

Las familias consideran que están retenidos ilegalmente y los jóvenes han convertido el hecho de estar pasando una cuarentena para prevenir los contagios de covid en un hotel en una lucha por la libertad. Cosas de los tiempos que corren. 265 jóvenes permanecen confinados en el Hotel Palma Bellver, donde, según han confirmado los miembros de la seguridad del establecimiento, han protagonizado varias fiestas en sus habitaciones, en las que ponen música a todo volumen, gritan y beben alcohol proporcionado por bares del Paseo Marítimo de la capital mediante cubos atados a sábanas.

Otra vez el ocio del alcohol se pone de relieve en nuestra sociedad. También son capaces de coordinarse con otros jóvenes para comprar tabaco. Los estudiantes no son los únicos que están descontentos, los vecinos aseguran que hasta las 05.00 de la madrugada no han podido dormir por el alto volumen de la música del hotel. La Policía ha tenido que intervenir. Esa es la realidad que se ve vive en los hoteles donde el control de los contagiados también se ha puesto en duda.

Qué es el habeas corpus

El derecho de 'habeas corpus' está recogido en la Constitución Española, concretamente en el artículo 17, que subraya que "toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad" y que "nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley". En su artículo 2 establece que "la detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial". Asimismo, en su cuarto apartado, este artículo destaca que "la ley regulará un procedimiento de 'habeas corpus' para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente", de forma que esta figura jurídica queda desarrollada en la Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo.

El tribunal considera que este derecho constitucional que asiste a los retenidos de forma arbitraria, ilegal o con abuso de autoridad, no puede aplicarse en el caso. El Gobierno balear justifica el confinamiento forzoso en régimen de aislamiento de los jóvenes en la resolución aprobada el pasado 27 de junio por la Dirección de Salud Pública de las Islas Baleares. En esta resolución se establece que deben permanecer aislados los contactos estrechos de todas las personas que han participado o están participando en los viajes de fin de estudios a Mallorca y en las diferentes actividades alrededor de ellos.

Esta resolución está amparada por la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Illes Balears, en cuyo artículo 44 se recoge que "las autoridades sanitarias, en el ámbito de sus respectivas competencias y a través de los órganos competentes en cada caso, pueden proceder a la adopción de las medidas cautelares que resulten necesarias para garantizar la salud y la seguridad de los ciudadanos ante la existencia o la sospecha razonable de existencia de un riesgo inminente y extraordinario para la salud. Las mencionadas medidas pueden adoptarse también en aplicación del principio de precaución".