El Supremo rechaza la medida cautelar de obligar al Gobierno a proveer de protección a los sanitarios

  • Señala que no se especifica en el escrito contra qué administración habría que actuar

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha denegado este miércoles la medida cautelarísima solicitada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) para que se instará al Ministerio de Sanidad a proveer en el plazo de 24 horas a todos los centros sanitarios nacionales públicos y privados de una serie de medidas de protección.

El Supremo destaca en su resolución en primer lugar que la CESM no precisa en su escrito contra qué actuación de la Administración se dirige y frente a la cual considera que sería imprescindible la medida cautelarísima -a adoptar sin escuchar primero las alegaciones del resto de partes- que se reclama.

La Sala es consciente de la emergencia en que nos encontramos y también de la labor decisiva que para afrontarla están realizando especialmente los profesionales sanitarios y resalta que no desconoce tampoco que deben contar con todos los medios necesarios para atender a los pacientes sin poiner en riesgo su vida ni la de las personas que la rodean, pero deja claro que no consta en ningún caso ninguna acción contraria a esa exigencia. Al contrario, señala el Supremo, se están realizando iniciativas para conseguirlo.