Una trabajadora logra jubilarse a los 49 años con una pensión de 3.356 euros tras enfrentarse a la Seguridad Social

Una trabajadora logra jubilarse a los 49 años con una pensión de 3.356 euros. Archivo
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Una mujer de 49 años ha conseguido cobrar una pensión de 3.356,40 euros, el máximo permitido, después de que la Seguridad Social se la denegara en primera instancia, tal y como ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).

Padecía fibromialgia, migraña, lumbalgia, artrosis y depresión

La mujer desempeñaba el puesto de coordinadora de planta de un supermercado, y padecía fibromialgia, cuadro depresivo, migraña crónica, lumbalgia mecánica, artrosis lumbar y estenosis foraminal, dolencias que se agravaron al sufrir un episodio depresivo. En esta circunstancia, la mujer solicitó la incapacidad temporal, y después cobrar la prestación permanente absoluta. Pero el INSS se lo denegó justificando que no cumplía los requisitos.

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Según consta en la sentencia, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) alegó que las lesiones no alcanzaban un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral. Desde la Seguridad Social se argumentaba que las lesiones de la trabajadora se habían estabilizado.

La mujer acudió a los tribunales contra la resolución de la Seguridad Social

Pero la mujer decidió plantar cara judicial a esta decisión y decidió acudir a los juzgados a reclamar la situación laboral. Después de desestimar el recurso inicial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el TSJA ha reconocido el derecho de la empleada.

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La sentencia expone que “no contamos con información médica sobre posibilidad cierta de recuperación a medio o corto plazo”. Y añade que “en este caso la trabajadora, por el diagnóstico y los síntomas de la enfermedad mental que padece, se muestra incapaz para el necesario dominio del campo laboral, cualquiera que sea su entorno, y no cabe esperar que hoy por hoy pueda mantenerse laboralmente activa.

El cobro de la pensión se verá limitada por el artículo 57 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece un tope máximo para las pensiones. En concreto, este año la cuantía máxima de la pensión de incapacidad ascendió a los 3.359,60 euros mensuales que se distribuyen en 14 pagas. De modo que la trabajadora cobrará 43,26 euros mensuales menos por esta limitación legal, cobrando la pensión máxima permitida por la Seguridad Social. Es decir, 3.356,40 euros.