Condenado a 11 años y medio de prisión por abusar sexualmente de la hija de su pareja

  • El hombre, condenado por un delito continuado de abusos sexuales con penetración y abuso de superioridad a una menor de 14 años

  • Deberá cumplir además nueve años de libertad vigilada e indemnizar a la afectada con 40.000 euros

  • La menor precisó de asistencia psicológica para superar las secuelas de los hechos, según han informado los jueces

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 11 años y medio de cárcel a un hombre como autor de un delito continuado de abusos sexuales con penetración y abuso de superioridad sobre una menor de 14 años, según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, TSXG.

Los hechos se produjeron en cuatro ocasiones en 2016, cuando la víctima tenía 14 años

La sección cuarta de la Audiencia también le ha impuesto la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante un tiempo superior en cinco años al de duración de la pena de prisión, así como, durante el mismo periodo, la inhabilitación para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores, según recoge Diario de Pontevedra.

Además, deberá cumplir nueve años de libertad vigilada e indemnizar a la afectada con 40.000 euros, según recoge la sentencia, con fecha de este 28 de julio. Los hechos se produjeron en cuatro ocasiones durante los meses de octubre y noviembre de 2016, cuando la víctima tenía 14 años.

"Le decía a la menor que si lo ocurrido se lo contaba a alguien, él iría a la cárcel, pero ella iría a un centro de menores y perdería a su familia y amigos"

"Le decía a la menor que si lo ocurrido se lo contaba a alguien, él iría a la cárcel, pero ella iría a un centro de menores y perdería a su familia y amigos", relatan los jueces, quienes indican que cuando la madre descubrió los hechos, puso fin a la relación con el acusado. Además, destacan que la menor precisó de asistencia psicológica para superar las secuelas de los hechos.

El tribunal destaca que percibió el testimonio de la víctima, ya mayor de edad, "como absolutamente coherente y sólido, sin apreciar la existencia de datos que lleven a considerar que pudiera haber fabulado o inventado o que pudiera haber sido inducida o manipulada para incriminar al acusado". Los magistrados también destacan "la minuciosidad y objetividad de las psicólogas forenses en la elaboración del informe de credibilidad de la víctima y en la obtención de sus conclusiones".