Juzgado remite al Supremo el procedimiento contra el alcalde de Hellín por falsificación de documento

EFE 24/02/2009 09:44

La titular del juzgado número 2 de Hellín, Eva María Fernández Buendía, ha decidido, en un auto judicial al que ha tenido acceso Efe, inhibirse hasta que el Supremo resuelva la competencia del caso, dada la condición de senador de García Caro.

Este asunto fue uno de los tratados anoche en el pleno ordinario del Ayuntamiento de Hellín, donde el concejal del PP Antonio Callejas recordó que el caso se originó con motivo de la construcción de un consultorio médico en la pedanía hellinera de Cañada de Agra.

Dijo que el alcalde dio el visto bueno a la certificación del arquitecto responsable de la obra, que no estaba concluida, con el fin de conseguir una subvención de la Junta de 50.000 euros.

El alcalde hellinero y la Consejería de Sanidad firmaron un convenio de colaboración para construir el centro médico el 6 de julio de 2005, por lo que el Ayuntamiento de Hellín recibiría una subvención de 50.000 euros siempre que las obras estuviesen concluidas antes del 15 de noviembre de ese mismo año.

Más adelante, se solicitó una prórroga hasta el 20 de diciembre de 2005, pero ante la imposibilidad de cumplir lo pactado, ya que las obras ni siquiera se habían iniciado, el funcionario municipal Juan Francisco Roldán requirió al arquitecto, Miguel Ángel Muñoz, y al contratista de la obra, Juan Carlos Rodas, -los otros tres imputados- que emitieran la certificación parcial de la edificación, haciendo constar falsamente ciertas partidas como ejecutadas para el cobro de la subvención.

Respecto a García Caro, el auto hace constar que intervino en la tramitación administrativa de la construcción del consultorio médico; firmó el convenio de colaboración con la Consejería de Sanidad; solicitó la prórroga; firmó el contrato de ejecución de la obra y aprobó la certificación parcial de la obra, faltando a la verdad de los hechos pues las obras no se habían ejecutado.

Por ello, según la juez, y aunque la certificación en sí aparece firmada por el arquitecto y el contratista, es posible apreciar coautoría en el delito de falsedad documental no solamente respecto al alcalde sino también en el funcionario de intervención.

Se hace hincapié en que García Caro, con su conocimiento e intervención, creó una apariencia de realidad de la construcción, a pesar de la inexistencia de la obra certificada, que se consumó con la realización del documento falso que originó la obtención de los correspondientes fondos públicos.