Juzgan a la mujer y su pareja por los malos tratos que ocasionaron la muerte del niño de la maleta de Oviedo

  • Durante 15 días no llevaron al menor a que le viera un médico

  • La Fiscalía pide 5 años para los dos

Arranca este martes el nuevo juicio contra la madre de Imran, el bebé de menos de un año cuyo cadáver fue hallado dentro de una maleta junto a las vías del tren en Oviedo. El Juzgado nº 4 de lo penal verá a partir de hoy lo referente a las lesiones causadas al menor poco antes de acabar con su vida. La Fiscalía del Principado de Asturias solicita luna condena de 5 años de prisión ambos.

El Ministerio Público considera que el hombre fue el autor material de la agresión y que la mujer, sabiéndolo, no hizo nada para evitarlo.

Ambos están condenados en firme por el asesinato del pequeño después de que el Tribunal Supremo confirmase íntegramente el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que ordenó enjuiciar de nuevo, por parte de un tribunal profesional, las lesiones por las que ahora se les acusa.

El Ministerio Fiscal sostiene que los acusados, Fadila C. y David F., que mantenían una relación de afectividad desde el mes de diciembre de 2013, se trasladaron a Oviedo en unión del hijo biológico de ella, nacido en 2013, y cuyo padre biológico se desconoce, al no constar formalmente filiación paterna. Lo hicieron en el mes de septiembre de 2014, fijando el domicilio familiar en la calle Vázquez de Mella, donde convivieron los tres hasta finales del mes de octubre de 2014.

Durante la primera quincena del mes de octubre de 2014, encontrándose los tres en la casa, y sin que conste exactamente hora y día, el hombre, sin motivo justificado alguno, se acercó al menor, a quien propinó un fuerte puñetazo en una de sus piernas, lo que motivó que el niño sufriese fractura tercio medio de diáfisis femoral derecha, con cabalgamiento de fragmentos óseos superior de 20MM y desplazamientos de ambos fragmentos (diastasis).

Acto seguido le colocó un trapo caliente sobre el muslo derecho, lo que le provocó una quemadura en dicha zona. La acusada Fadila C. se hallaba presente cuando el acusado David F. agredió al niño y, pudiendo hacerlo, omitió de forma voluntaria toda ayuda dirigida a auxiliar a su hijo, sin que este recibiera al menos durante 15 días ayuda médica o de terceras personas.

Ambos acusados ya han sido condenados en procedimiento del Jurado, en resolución firme, por delito de asesinato, maltrato habitual y profanación de cadáver en la persona del menor, quedando pendiente el enjuiciamiento de estos hechos.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones de los artículos 147.1 y 148.2 y 3 del Código Penal, en su redacción anterior a la reforma operada por Ley Orgánica 1/15, de 30 de marzo, vigente al tiempo de la comisión de los hechos. Serían autores ambos acusados, en el caso de la acusada Fadila C., por omisión. Concurre en David F. la agravante mixta de parentesco. Y solicita que se condene a cada acusado a 5 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.