Prisión permanente revisable para la madre de Carolina, su hija de cinco años a la que asesinó en un hotel de Logroño

  • Prisión permanente revisable para la parricida de Logroño por matar a su hija de cinco años en un hotel

  • La jueza condena a prisión permanente revisable a la madre de Carolina por un delito de asesinato concurriendo la circunstancia agravante de parentesco

  • Asesinó a su hija en enero de 2020 en un hotel de Logroño

La jueza de la Audiencia Provincial ha condenado a prisión permanente revisable a A.U., por un delito de asesinato concurriendo la circunstancia agravante de parentesco, al matar a su hija de cinco años, Carolina. De este modo, se impone la pena que reclamaban tanto la Fiscalía como las acusaciones particular y popular.

Además, tal como refiere la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en concepto de responsabilidad civil, la madre de Carolina deberá indemnizar al padre de la niña con 200.000 euros por daño moral, así como con otros 9.643,68 euros, por el tiempo que "tardó en curar del trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo que padeció por estos hechos".

La jueza considerar probado que la madre de Carolina y la abuela trazaron un plan conjunto

A lo largo de las 177 páginas del escrito sobre el suceso, que tuvo lugar el 26 de enero de 2020 en el hotel 'Los Bracos' de Logroño, la jueza considera probados que la madre y la abuela dos días después, el 28 de enero, en el río Ebro, "decidieron un plan conjunto para poner fin a sus vidas y además acabar con la vida de la menor".

Con ese propósito, según recoge la sentencia, se dirigieron la mañana del 26 de enero al hotel de Logroño, donde el día anterior habían reservado una habitación. Una vez allí, "con la intención de acabar con la vida de la menor, con plena conformidad de ambas, aceptando cada una los actos de la otra, suministró a dicha menor lormetazepam, en una dosis tal que la menor quedó en un estado profundo de sedación, y hallándose la menor en tal estado, presionó la boca y la nariz de la niña, hasta cortarle la respiración, acabando con su vida por asfixia mecánica por sofocación por obstrucción de vías respiratorias, siendo datada la hora de la muerte entre las 13,30 y las 19,00 horas de ese domingo".

La niña no tuvo ninguna posibilidad de defenderse: estaba profundamente sedada

En este contexto, la sentencia subraya que la niña "no tuvo ninguna posibilidad de defenderse, por hallarse en estado de profunda sedación por efecto del lormetazepam que le había sido suministrado, y por tener al momento de los hechos tan solo cinco años de edad, siendo su fecha de nacimiento el 30 de diciembre de 2014".

En este sentido, la sentencia también prueba que "los cuatro meses anteriores a los hechos, la madre suministró repetidamente a la menor lormetazepam, medicamento indicado para inducir el sueño y no indicado para su administración en niños".

En el momento de los hechos, dicta el escrito que A.U. "no padecía ningún trastorno que afectara a su conciencia y voluntad".

El padre padeció un trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo

Tras conocerse el asesinato y la muerte de su hija Carolina, el padre "padeció un trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo, permaneciendo en situación de incapacidad temporal hasta el 23 de junio de 2020, curando sin secuelas".

Durante el juicio, relató que la madre de la niña, su expareja, le acosaba y le intentaba hacer "la vida imposible" tras la separación.

Culpable para el jurado popular del asesinato de su hija

El jurado popular, tras las catorces sesiones de juicio, consideró el pasado 20 de febrero de 2022 a la madre culpable de "haber causado intencionadamente su muerte cuando ésta no tenía posibilidad de defenderse".

El criterio del jurado incluyó que no procedía suspensión de la condena y que no se incluyera en la sentencia la posibilidad de que la acusada sea indultada.