El Tribunal Supremo confirma la condena de 12 años de cárcel a un fraile de O Cebreiro por abuso sexual

El Tribunal supremo confirma la condena de 12 años de cárcel a un fraile de O Cebreiro por abuso sexual
Imagen ilustrativa de un fraile franciscanoPIXABAY
  • Las víctimas eran una chica de 16 años y un joven de 20, ambos con discapacidad intelectual

  • Condenado por abusos sexuales con prevalimiento y utilización de menor para material pornográfico

  • Los abusos del fraile franciscano ocurrieron entre finales de 2014 y principios de 2015

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El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la condena de 12 años de cárcel impuesta a un fraile franciscano que desarrollaba su labor en O Cebreiro (Lugo) por abusar sexuales de dos jóvenes. Una de las víctimas era una chica de 16 años y y el otro su primo de 20, ambos con discapacidad intelectual.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que desestima el recurso del religioso, y ratifica la resolución de la Audiencia Provincial de Lugo, que le condenó por un delito continuado de abusos sexuales con prevalimiento (a la menor), de abuso sexual al joven, y de utilización de menor de edad para elaborar material fotográfico, ya que sacó fotos desnuda de la chica.

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Abusos en la casa del fraile y en la sacristía del santuario

Los abusos ocurrieron entre finales de 2014 y principios de 2015, en una casa propiedad de la familia del acusado y también en la sacristía del santuario de O Cebreiro. Según los hechos probados, el religioso le dio distintas cantidades de dinero a la chica y también al chico a quien dijo que se lo daba para que "callase la boca" y no contase lo ocurrido a nadie.

El Supremo confirma que concurrió prevalimiento en los hechos, cometidos por una persona como el fraile, que era 40 años mayor que las víctimas y teniendo en cuenta la discapacidad que sufrían las víctimas, ella con un coeficiente próximo a una capacidad intelectual límite mientras que él presenta una discapacidad intelectual leve que le impide poseer un juicio crítico.

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo consideró probado en su sentencia que el imputado se prevalió "de una situación de superioridad manifiesta que le daba su condición de religioso y la precaria situación personal, familiar y económica de la menor".

En los hechos probados de la sentencia, se refleja que el fraile conoció a la menor de 16 años en 2014 y contactó con ella a través de las redes sociales, "ganándose poco a poco la confianza de la misma" hasta que en septiembre de ese año consiguió que le acompañase a una casa de A Pobra de Trives con la creencia de que la contrataba para hacer tareas domésticas. Sin embargo, en esa casa se aprovechó de su superioridad para hacerle tocamientos cuando se encontraba durmiendo. En fechas posteriores, el ahora condenado volvió a contactar con la menor, con la que mantuvo relaciones sexuales en repetidas ocasiones.

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