Confirman 13 años de cárcel para un hombre por agresión sexual a su prima: abusos a una niña de entre cinco y diez años

Fachada de la Real Chancillería de Granada, sede del TSJA. Europa Press
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a un hombre por abusar de su prima cuando esta tenía entre cinco y diez años. Así, se desestima el recurso presentado por la defensa del acusado y se ratifica la pena de 13 años y medio de prisión impuesta por la Audiencia de Málaga.

Según se declaró probado por la Audiencia, y ahora confirma el alto Tribunal andaluz, los hechos sucedieron cuando la niña se encontraba en casa de su tía abuela o de su abuela, en los que, dice la resolución, "en numerosas ocasiones" le realizó tocamientos y también actos de agresión sexual.

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El acusado era 14 años mayor que la menor

Asimismo, le advertía de que no se resistiera ni contara nada a nadie. Uno actos que se produjeron entre 2002 y 2007 y que no le han causado un daño psíquico "permanente", pero sí se observan en la víctima secuelas emocionales en su personalidad, según los informes.

Por esto, se le condenó por un delito de agresión sexual y, además de la pena de prisión, se le impuso la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante 20 años y a indemnizarla en concepto de daños morales con 50.000 euros. Penas, todas, que el TSJA también ratifica.

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La resolución ahora confirmada señalaba la persistencia en la incriminación y destacaba que la razón por la que la víctima decidió desvelar los abusos, "muchos años después de que cesaran", fue que el acusado tenía una hija y temía que "abusara sexualmente de ella, tratando de protegerla", una explicación que "resulta plausible".

Dicha sentencia también aludía a que la declaración de la denunciante se vio respaldada por la prestada por el hermano del acusado, quien afirmó que después de que esta le relatara lo que el acusado le había hecho durante su niñez, habló con él, "reconociendo que era cierto lo que ella refería".

Para el Tribunal andaluz de apelación, las alegaciones de la defensa "no desvirtúan la solidez" de la sentencia de la Sala de Málaga ni le permite modificarla, considerando también que el relato ofrecido por la denunciante "es sin duda verosimil, rotundo y persistente".