La sentencia de Emilia Zaballos

telecinco.es 06/05/2014 15:00

Según el artículo 1894 del Código Civil, Julio tiene la obligación legal de custodiar las cenizas de su padre y hacerse cargo de los gastos funerarios. Sin embargo, no está obligado a abonar los 900 euros a su primo ya que no son gastos funerarios y, además, este accedió voluntariamente a pagarlos.