El Tribunal Constitucional avala que se puede saldar una deuda con sexo oral en España

El Tribunal Constitucional ha avalado que se puede saldar una deuda con sexo oral
Un hombre exigía a su excuñada que le hiciese felaciones para saldar una deuda
Los abogados de la víctima solicitaban la incoación de un delito de abusos sexuales
El Tribunal Constitucional ha avalado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de las islas Baleares que falló a favor de que saldar una deuda con sexo oral está permitido.
El Tribunal Constitucional no ha querido entrar a valorar si la práctica de sexo oral es legal o no, y ha decidido archivar el caso ya que "no tiene importancia constitucional suficiente". Consecuentemente, con esta decisión ha avalado el fallo del TSJ de Baleares y por tanto se trata de una maniobra que puede realizarse.
La Audiencia de Palma defendió que saldar una deuda con felaciones no era constitutivo de delito. Así, desestimó el recurso interpuesto por la victima, descartando la existencia de un delito continuado de coacciones.
Un hombre exigió a su excuñada que le hiciese felaciones para saldar una deuda
Los hechos de este recurso ocurrieron en septiembre de 2019, cuando una mujer decidió pedir ayuda económica a su excuñado, un hombre de 58 años, que le prestó 15.000 euros.
Según la mujer, no estipularon los plazos ni la cantidad de dinero a devolver. Sin embargo, a los pocos días, el hombre indicó que a cambio del favor, ella debía realizarle dos o tres felaciones por semana. Según mantiene la mujer, en todo momento se sintió amenazada por su excuñado, que aseguraba que podía llegar a ser muy "agresivo".
Finalmente, la víctima decidió contar lo que estaba ocurriendo a su familia, y el hombre se enteró. Desde ese momento el acoso hacia la mujer fue continuo, con amenazas e incluso con cartas certificadas vejándola. Además, siempre advertía que iba a denunciarla por no cumplir su trato. Una denuncia que finalmente se llevó a cabo.
Los abogados de la víctima solicitaban la incoación de un delito de abusos sexuales, mientras que la fiscalía pedía coacciones leves. Sin embargo, la Audiencia lo desestimó y ahora el TSJIB lo ha avalado.
Así, con esta nueva resolución, desde este momento, dos personas adultas están legitimadas a satisfacer sus deudas mediante sexo oral o cualquier tipo de relación sexual como si fuese un contrato contractual, según recoge el medio local Última Hora.








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